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Subvención para asociaciones deportivas y deportistas individuales en Vega de San Mateo

LOCAL · VEGA DE SAN MATEO · AYUNTAMIENTO DE VEGA DE SAN MATEO
Denominación oficial (BDNS): Concesión de subvención a asociaciones deportivas y deportistas individuales de Vega de San Mateo año 2026
Resumen: Es una subvención del Ayuntamiento de Vega de San Mateo destinada a apoyar actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento. Interesa a asociaciones deportivas y personas físicas que practican deportes.

Qué financia

Financia proyectos y actividades relacionadas con el deporte en la comuna de Vega de San Mateo

A quién va dirigida

Asociaciones deportivas, clubes deportivos y individuos que practiquen deportes

Requisitos

  • Cumplir los requisitos y condiciones establecidos por la Ley General de Subvenciones
  • Justificar ante el órgano concedente o Entidad colaboradora el cumplimiento de los requisitos, actividades realizadas y finalidades determinadas
  • Someterse a actuaciones de comprobación y control financiero
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas
  • Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
  • Disponer de libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
  • Conservar documentos justificativos de la aplicación de fondos recibidos
  • Haber aportado recursos humanos y materiales necesarios para desarrollar actividades propuestas
  • Rentabilizar al máximo los recursos puestos a su disposición
  • Gastos de funcionamiento deberían haber corrido a cargo de la Entidad beneficiaria o otras subvenciones obtenidas
  • Los gastos deben ser estrictamente necesarios para fines públicos o sociales
  • No se permiten gastos exclusivamente beneficiosos para la entidad beneficiaria (almuerzos, excursiones)
  • Gastos en comidas justificados por actividades relacionadas con el interés general y publicitados
  • Gastos financieros, de asesoría, notariales y periciales deben responder a la naturaleza del proyecto

Gastos subvencionables

  • Actividades que fundamenten el objetivo, proyecto, actividad o comportamiento que justifica la concesión de la subvención
  • Gastos estrictamente necesarios para obtener fines públicos o sociales
  • Comidas relacionadas con actividades del interés general
  • Dietas necesarias por desplazamientos
  • Gasolina para coches particulares
  • Subvenciones financieras, de asesoría, notariales y registrales, periciales para la realización del proyecto y de administración
  • Comidas (justificadas)
  • Financieros (comisiones bancarias)
  • Asesoría
  • Notariales
  • Registrales
  • Periciales
  • Administración

Documentación a presentar

  • Documentos justificativos de la aplicación de fondos recibidos
  • Libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
  • Folleto correspondiente o anuncio en red social del evento para el que se empleó dinero en comidas
  • Modelo de justificación aprobado por la Ordenanza Municipal de Subvenciones
  • Declaración responsable de obtención de otras ayudas o subvenciones recibidas para la misma finalidad
  • Memoria económica reflejando el destino de las cantidades aportadas por el Ayuntamiento
  • Original o fotocopias compulsadas de todos los gastos realizados

Condiciones económicas

El pago se realizará anticipadamente una vez acreditado el cumplimiento del artículo 13 de la LGS. No hay un importe máximo simple, pero los gastos deben ser estrictamente necesarios y relacionados con actividades de utilidad pública o interés social.; Los gastos en comidas deben estar justificados por actividades relacionadas con el interés general y deben figurar en publicidades. Los gastos financieros, de asesoría, notariales y periciales son subvencionables si responden a la naturaleza del proyecto.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones deportivas, clubes deportivos y individuos que practiquen deportes
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El pago se realizará anticipadamente una vez acreditado el cumplimiento del artículo 13 de la LGS. No hay un importe máximo simple, pero los gastos deben ser estrictamente necesarios y relacionados con actividades de utilidad pública o interés social.; Los gastos en comidas deben estar justificados por actividades relacionadas con el interés general y deben figurar en publicidades. Los gastos financieros, de asesoría, notariales y periciales son subvencionables si responden a la naturaleza del proyecto.. Presupuesto total: 174.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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