● Abierta · hasta 31/12/202670.000 €

Subvención para celebración de actos religiosos en el obispado de Tenerife

LOCAL · SANTA CRUZ DE TENERIFE · AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a favor del obispado de tenerife para finaciar la celebración de actos religiosos .ejercicio 2026
Resumen: Es una subvención directa del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife destinada al Obispado de Tenerife para financiar la realización de actos religiosos. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades culturales.

Qué financia

Financia la celebración de actos religiosos

A quién va dirigida

El Obispado de Tenerife y otras entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades culturales en el ámbito religioso

Requisitos

  • Presentar una memoria del proyecto con actividades a realizar y presupuesto de gastos e ingresos previstos
  • Acreditar la personalidad jurídica y sede del Obispado de Tenerife
  • Certificar que el representante económico está al corriente en obligaciones tributarias y Seguridad Social
  • No estar incursa en causas legales que prohíben o impidan ser beneficiaria de subvenciones
  • Realizar la actividad objeto de este expediente durante la anualidad 2026
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección del órgano de control competente
  • Comunicar cualquier alteración de las condiciones para la concesión de la subvención
  • Notificar al Ayuntamiento la difusión a través de los medios de comunicación
  • Acreditar documentalmente el destino de los fondos recibidos
  • Obtener las autorizaciones y trámites preceptivos según la legislación sectorial aplicable

Gastos subvencionables

  • Financiación íntegramente por la subvención otorgada para las actividades reseñadas en la memoria presentada
  • Diseño y maquetación del programa de Semana Santa
  • Impresión del Programa de Semana Santa
  • Reportaje fotográfico de misas, oficio, monumentos, pasos y recorridos procesionales
  • Bandas de Cornetas y tambores
  • Corales
  • Bandas de música
  • Equipos de sonido en la Plaza del Príncipe el Miércoles Santo
  • Rampa de acceso al Templo de San Francisco
  • Adquisición y transporte de sal
  • Adquisición y transporte del brezo
  • Orquesta y coro para la celebración
  • Equipo de sonido
  • Banda de música

Documentación a presentar

  • Memoria del proyecto
  • Certificado de Vicecanciller y vicesecretaria de la entidad Obispado de Tenerife
  • Copia del CIF del Obispado de Tenerife
  • Copia del DNI del representante económico
  • Declaración responsable de no estar incursa en causas legales que prohíban o impidan ser beneficiaria de subvenciones
  • Autorización expresa al Ayuntamiento para recabar datos tributarios
  • Certificados de estar al corriente en obligaciones tributarias y Seguridad Social
  • Memoria de actuación justificativa con indicación de actividades realizadas, su coste y resultados obtenidos
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalentes en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • Documentación acreditativa de pago (adeudo bancario o informe inequívoco de que las facturas presentadas han sido pagadas)
  • Relación detallada de otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Carta de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados

Condiciones económicas

El pago es anticipado debido a la necesidad inmediata de financiación para llevar a cabo las actividades subvencionadas. La entidad beneficiaria está eximida de garantizar la percepción de la subvención.; El pago es anticipado debido a la necesidad de financiación para llevar a cabo las actividades. No hay tope máximo específico, pero el importe total no puede superar los costos del proyecto.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
El Obispado de Tenerife y otras entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades culturales en el ámbito religioso
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 70.000 €. El pago es anticipado debido a la necesidad inmediata de financiación para llevar a cabo las actividades subvencionadas. La entidad beneficiaria está eximida de garantizar la percepción de la subvención.; El pago es anticipado debido a la necesidad de financiación para llevar a cabo las actividades. No hay tope máximo específico, pero el importe total no puede superar los costos del proyecto.. Presupuesto total: 70.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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