Subvención para el Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha
Qué financia
Financia la participación de los miembros del Consejo del Diálogo Social
A quién va dirigida
Organizaciones empresariales, profesionales y patronales que forman parte del Consejo del Diálogo Social en Castilla-La Mancha.
Requisitos
- Ser organización miembro del Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha
- Cumplir con las obligaciones tributarias y no estar deudor por resolución de reintegro
- Cumplir los requisitos establecidos por la Ley 8/2019 y el Decreto 37/2021 sobre el Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha
- Justificar las actividades realizadas en el Plan de Trabajo correspondiente al año 2026
- Justificar la realización del plan de trabajo mediante cuenta justificativa o informe de auditoría
Gastos subvencionables
- Retribuciones del personal técnico en prevención de riesgos laborales
- Gastos de transporte, manutención y alojamiento imputables del personal técnico
- Amortización de equipos y plataformas tecnológicas
- Alquiler o arrendamiento financiero de locales y equipos
- Gastos de publicidad, difusión o comunicación vinculados al Programa de promoción de la cultura preventiva
- Gastos en bienes consumibles utilizados en la realización del Plan de Trabajo
- Gastos de asistencia técnica y servicios profesionales
- Jornadas, encuentros y seminarios
- Costes directos: personal técnico, transporte, equipos tecnológicos, gastos de amortización, alquiler y arrendamiento financieros, publicidad, bienes consumibles, asistencia técnica y servicios profesionales, jornadas, encuentros y seminarios
- Costes indirectos: servicios generales como agua, luz, teléfono, mantenimiento de redes, limpieza, calefacción, seguridad, mantenimiento de climatización
- Riesgos laborales (salarios, seguros sociales)
- Transporte, manutención y alojamiento del personal técnico
- Publicidad, difusión o comunicación
- Bienes consumibles
- Asistencia técnica y servicios profesionales
Documentación a presentar
- Memoria justificativa de las actuaciones
- Relación clasificada de los gastos
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente
- Justificantes del pago efectivo de las facturas
- Gastos de personal imputados al proyecto
- Declaración responsable del representante de la entidad
- Acreditación en su caso, de la inclusión del IVA en el importe subvencionable
- Memoria técnica con actividades realizadas y resultados obtenidos
- Memoria económica con relación clasificada de gastos
- Declaración responsable sobre subvenciones recibidas
- Carta de manifestaciones al auditor
- Informe de auditoría contable y técnica
- Relación clasificada de los gastos de personal imputados al proyecto
Condiciones económicas
El importe se abonará en dos pagos: el primero de 70% (203.700 €) con esta resolución y el segundo del 30% restante en noviembre de 2026.; El importe se abona en dos pagos: el primero del 70% (271.600 €) y el segundo del 30% restante al finalizar el año.; La subvención se abona en dos pagos: el primero del 70% (203.700 €) con la resolución de concesión y el segundo del 30% restante en noviembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.