Subvención para el Programa de información y asesoramiento sobre insuficiencia renal crónica en Lugo
Qué financia
Financia el Programa de información y asesoramiento sobre la insuficiencia renal crónica
A quién va dirigida
Organizaciones que no realizan actividades económicas pero están interesadas en promover servicios sociales relacionados con la salud, especialmente en temas de insuficiencia renal.
Requisitos
- Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ordenanza general municipal de subvenciones
- No utilizar la imagen de la mujer como reclamo y evitar connotaciones sexuales o denigración de su imagen
- Publicar información relativa a las subvenciones si perciben al menos el 40% del total de sus ingresos anuales que tengan carácter de ayuda o subvención pública y alcancen como mínimo la cuantía de 5.000€
- Colaborar con el Ayuntamiento de Lugo en todo lo requerido para lograr los fines del convenio.
- Cumplir las obligaciones de difusión contenidas en la Ley general de subvenciones.
- Realizar el proyecto ESCUELA DE FORMACIÓN PARA PERSONAS CON HEMOFILIA Y OTRAS COAGULOPATÍAS CONGÉNITAS EN LUGO
- Lucir el logotipo del Ayuntamiento de Lugo en las actuaciones
- Incorporar la lengua gallega en sus comunicaciones
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ordenanza general municipal de subvenciones
Gastos subvencionables
- Nóminas
- Seguridad Social
- Desplazamientos acreditados mediante factura
- Alojamientos
- Manutención
- Material cultural/deportivo no inventariable
- Gastos de publicidad
- Gastos de suministro
- Seguridad Social (a cargo de la empresa y el trabajador)
- Materiales culturales/deportivos no inventariables
- Otros gastos relacionados con el objeto estricto de la subvención
- Seguridad social
- Gastos de suministro y cualquier otro gasto relacionado con el objeto estricto de la subvención
Documentación a presentar
- Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Lugo y la entidad beneficiaria
- Anexos comunes (anexo I, II, III, IV, V, VI)
- Memoria explicativa y detallada del proyecto, incluyendo relación de gastos e ingresos.
- Facturas y documentos de valor probatorio acreditando los gastos presentados.
- Justificante bancario o medios de pago establecidos según la legislación vigente para el pago de gastos superiores a 1.000 euros.
- Certificado acreditativo del pago con tarjeta (de débito y a nombre de la entidad).
- En caso de gastos en moneda extranjera, certificado bancario con cambio a euros en la fecha del gasto.
- Memoria explicativa y detallada del proyecto, incluyendo relación de gastos e ingresos
- Facturas y documentos de valor probatorio acreditando el pago de los gastos presentados
- Documentación justificativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ordenanza general municipal de subvenciones
Condiciones económicas
El Ayuntamiento aporta una cantidad específica para cada proyecto, y los gastos subvencionables están sujetos a un plazo de realización del año natural. Los costes indirectos deben imputarse razonablemente y justificadamente.; El importe total de las ayudas no podrá superar el 90% del coste de la actividad. Los gastos financieros, asesoría jurídica o administrativa son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad y son indispensables.; El Ayuntamiento aportará un crédito presupuestario de 10.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 23179.48900. El pago será anticipado del 80% al firmar el convenio.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.