Subvención para el proyecto 'Bellvitge, tejiendo una comunidad diversa'
Qué financia
Financia el desarrollo del proyecto 'Bellvitge, tejiendo una comunidad diversa'.
A quién va dirigida
Asociación Comisión de Fiestas de Bellvitge La Marina y otras entidades similares sin actividad económica que promuevan cultura y sociedad.
Requisitos
- Ser una entidad de derecho privado sin ánimo de lucro inscrita en los registros correspondientes
- Presentar un proyecto y/o actividades que cumplan con la línea OE3-04 'Promoción de fiestas del barrio'
- Cumplir con las obligaciones fiscales y tributarias
- Los gastos financieros relativos a las comisiones bancarias por transferencias y recibos dentro del plazo de ejecución del proyecto.
- El informe auditor emitido y pagado antes de la presentación de la justificación.
- Servicios de gestoría correspondientes a la actividad subvencionada hasta la fecha de presentación de la justificación, con facturas máximas de emisión y pago el 15 de marzo de 2027.
- Servicios de telefonía o comunicación y suministros energéticos dentro del período de ejecución del proyecto, con factura máxima de emisión y pago el 31 de enero de 2027.
Gastos subvencionables
- Gastos financieros relativos a las comisiones bancarias
- El gasto relativo al informe auditor
- Los gastos relativos al servicio de gestoría correspondientes a la actividad subvencionada
- Los gastos relativos a servicios de telefonía o de comunicación y de suministros energéticos
- Gastos financieros relativos a las comisiones bancarias por transferencias y recibos.
- Informe auditor del apartado 8.2.
- Servicios de gestoría correspondientes a la actividad subvencionada.
- Servicios de telefonía o comunicación y suministros energéticos.
Documentación a presentar
- Formularios de justificación técnica y económica
- Informe auditor emitido conforme al modelo establecido por la Junta de Gobierno Local
- Memoria del proyecto con indicación de las actividades realizadas
- Formulario de justificación económica
- Relación de facturas financiadas con otras subvenciones (si aplica)
- Muestra de toda la documentación publicitaria emitida para dar a conocer el proyecto
- Facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
- Comprobantes de pago.
- Modelos de liquidación mensual, trimestral y anual (Modelos 111 y 190 de la AEAT).
- Relación nominal de trabajadoras y Relación de Liquidación de cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Modelos de presentación y comprobantes de pago de IRPF a la AEAT.
Condiciones económicas
La subvención es cofinanciada por la Generalitat de Catalunya. El pago se realiza en un único pago anticipado total, según los artículos 34.4 y 88.2 del Real Decreto 887/2006.; El gasto relativo al informe auditor tiene fecha máxima de emisión y pago antes de la presentación de la justificación. Los servicios de gestoría pueden tener hasta el 15 de marzo de 2027, excepto si se fija un plazo diferente en el convenio.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.