Subvención para el proyecto 'Convivencia urbana' de la Asociación Autismo Sur
Qué financia
Financiación para el desarrollo del proyecto 'Convivencia urbana'.
A quién va dirigida
Asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la educación, especialmente relacionadas con personas autistas o discapacitadas.
Requisitos
- Cumplir con los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- No estar incursa en las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
- No tener cantidad alguna pendiente de reintegro a la Tesorería municipal
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No tener cantidad alguna pendiente de reintegro con la Tesorería municipal
- Cumplir las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social
- Justificar documentalmente la utilización de los fondos públicos
- Cumplir con los requisitos y condiciones del proyecto 'CONVIVENCIA URBANA'
- Justificar ante el Ayuntamiento la realización de la actividad
- Someterse a actuaciones de comprobación y control requeridas por los órganos municipales
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las actividades subvencionables
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Disponer de libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
- Proceder al reintegro de los fondos públicos en los supuestos contemplados por la LGS
Gastos subvencionables
- Gastos derivados de la realización del proyecto 'CONVIVENCIA URBANA'
Criterios de valoración
- La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención
- El incumplimiento total o parcial del objetivo, actividad, proyecto o no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención
Documentación a presentar
- Informe que acredite que el beneficiario no tiene cantidad alguna pendiente de reintegro con la Tesorería municipal
- Documentos contables 'AD' en el expediente
- Informe acreditando que el beneficiario no tiene cantidad alguna pendiente de reintegro
- Facturas y demás documentos válidos para justificar los gastos
- Cuenta justificativa del gasto realizado o estados contables
Condiciones económicas
La subvención se otorga directamente debido a que está prevista nominativamente en los presupuestos municipales, sin necesidad de convocatoria pública.; La subvención se canaliza a través de resoluciones o convenios que incluyen detalles específicos sobre el objeto, beneficiarios, crédito presupuestario y plazos. Los gastos deben ser justificados documentalmente con facturas y otros documentos válidos.; El pago se realizará mediante transferencia bancaria única. No hay régimen de garantías establecido.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.