● Abierta · hasta 31/12/2026100% del coste57.175 €

Subvención para el proyecto Kora de la Asociación Rayuela

LOCAL · ADEJE · AYUNTAMIENTO DE ADEJE
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL RAYUELA para el desarrollo del proyecto Kora: Comunidad, Igualdad y Diversidad en la anualidad 2026
Resumen: Es una subvención concedida directamente por el Ayuntamiento de Adeje a la asociación Rayuela para financiar su proyecto Kora, que se centra en comunidad, igualdad y diversidad.

Qué financia

Financia el desarrollo del proyecto Kora de la Asociación Rayuela

A quién va dirigida

Asociaciones sin actividad económica que trabajen en servicios sociales y promoción social

Requisitos

  • Cumplir con los requisitos previstos en la Ley 38/2003 de Subvenciones y la Base 32ª de Ejecución del Presupuesto Municipal
  • No estar incursa en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la LGS
  • No tener cantidad alguna pendiente de reintegro a la Tesorería municipal
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No tener cantidad alguna pendiente de reintegro con la Cód. Validación
  • Cumplir las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social
  • Justificar documentalmente la utilización de los fondos públicos
  • Cumplir con la actividad subvencionada
  • Justificar ante el Ayuntamiento de Adeje el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control requeridas por los órganos municipales
  • Comunicar al Ayuntamiento de Adeje la obtención de otras subvenciones ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionables
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Proceder al reintegro de los fondos públicos percibidos en los supuestos contemplados en el Artículo 37 de la LGS
  • Otorgar la adecuada publicidad a los fondos públicos recibidos

Gastos subvencionables

  • gastos que de manera indubitativa respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido

Criterios de valoración

  • La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención
  • Incumplimiento total o parcial del objetivo, actividad, proyecto o comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención

Documentación a presentar

  • Informe que acredite que el beneficiario no tiene cantidad alguna pendiente de reintegro
  • Certificado administrativo o declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público
  • Informe acreditando no tener cantidad alguna pendiente de reintegro
  • Documentación tributaria y de seguridad social al corriente
  • Justificación documental de la utilización de los fondos públicos
  • Facturas o estados contables

Condiciones económicas

La subvención se otorga directamente y está nominativamente incluida en los presupuestos municipales para el año 2026.; La subvención se canaliza a través de resolución administrativa que incluye los extremos señalados en el art. 65.3 del Reglamento. La justificación debe contener declaración de actividades realizadas, gastos incurridos y su coste.; El pago se realizará mediante un pago único a través de transferencia bancaria. No hay régimen de garantías establecido.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones sin actividad económica que trabajen en servicios sociales y promoción social
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 57.175,04 €. La subvención se otorga directamente y está nominativamente incluida en los presupuestos municipales para el año 2026.; La subvención se canaliza a través de resolución administrativa que incluye los extremos señalados en el art. 65.3 del Reglamento. La justificación debe contener declaración de actividades realizadas, gastos incurridos y su coste.; El pago se realizará mediante un pago único a través de transferencia bancaria. No hay régimen de garantías establecido.. Presupuesto total: 57.175 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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