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Subvención para Escuelas Taurinas en Andalucía

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Denominación oficial (BDNS): Subvencion nominativa escuelas taurinas 2026
Resumen: Es una subvención que financía la creación y mantenimiento de escuelas taurinas. Está dirigida a entidades culturales sin actividad económica.

Qué financia

Financia la organización y celebración de eventos relacionados con las tradiciones taurinas en Andalucía.

A quién va dirigida

Organizaciones culturales que quieran promover y mantener escuelas taurinas en el territorio andaluz.

Requisitos

  • Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto para el que se concede la subvención en la forma y plazos establecidos.

Gastos subvencionables

  • Proyectos de formación impartidos por las escuelas taurinas de Andalucía
  • Gastos de mantenimiento y administración de la Asociación

Criterios de valoración

  • Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime significativamente al cumplimiento total, se valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención será proporcional a dicho nivel.
  • En el caso de obtención concurrente de otras aportaciones, deberá reintegrarse el exceso obtenido sobre el coste total en el que se haya incurrido por la realización de la actividad.

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa con desglose del gasto
  • Relación de justificantes de gastos debidamente ordenada y numerada
  • Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente

Condiciones económicas

El importe de la subvención no puede superar el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria. La justificación final debe incluir una cuenta justificativa con desglose del gasto y documentos probatorios.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones culturales que quieran promover y mantener escuelas taurinas en el territorio andaluz.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 250.000 €. El importe de la subvención no puede superar el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria. La justificación final debe incluir una cuenta justificativa con desglose del gasto y documentos probatorios.. Presupuesto total: 250.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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