Subvención para gastos de fiestas patronales en Calp 2026
Qué financia
Financia los gastos anuales asociados con la celebración de las fiestas patronales en el municipio de Calp
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que organizan o participan en las fiestas patronales de Calp
Requisitos
- Ser la asociación Calp i els Amics Festers 2026, con NIF G75971267
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
- Estar al corriente en tributaciones y obligaciones sociales
- No tener pendientes de justificación subvenciones anteriores
- Disponer de libros contables auditados
- Cumplir con las actividades y finalidades establecidas
- Publicitar que la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento de Calp
- Cumplir con las obligaciones establecidas en la resolución de concesión de la subvención
Gastos subvencionables
- Gastos anualidad. Fiestas patronales.
- Organización y boato de cabalgatas
- Procesiones
- Actos infantiles
- Orquestas, bandas musicales
- Espectáculos pirotécnicos
- Seguridad
- Carrozas con generador
- Medios técnicos, maquetación e impresión
- Decoraciones florales
- Alquiler de equipamientos e infraestructuras para eventos
- Actuaciones artísticas
- Acompañamientos musicales
- Composiciones musicales
- Seguro de responsabilidad civil y accidentes
- Gastos en elementos y equipos de seguridad
- Material fungible
- Atributos damas de honor y reinas de las fiestas
Documentación a presentar
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las obligaciones impuestas en la resolución de concesión de la subvención
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades efectivamente realizadas
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente
- Declaración responsable sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias y fiscales
Condiciones económicas
El importe no podrá superar el 100% del gasto total efectivamente incurrido por la entidad beneficiaria, y se reducirá proporcionalmente si los gastos son inferiores.; El plazo para solicitar el anticipo no podrá ser inferior a un mes desde el inicio de la actividad. Los gastos deben estar justificados y imputables al período del 1 de enero de 2026 al 30 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.