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Subvención para gastos de funcionamiento en academias de Andalucía

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa 2026 gastos de funcionamiento academia 07
Resumen: Es una subvención que financía los costos operativos de academias en Andalucía. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro dedicadas al servicio de investigación y seguridad.

Qué financia

Financia gastos de funcionamiento para academias

A quién va dirigida

Academias que no realizan actividades económicas en Andalucía

Requisitos

  • Realizar la actividad y cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinan la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualquier otra de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Los gastos deben ejecutarse mediante contrato con empresas externas o profesionales independientes
  • Se requiere justificación diferida para los pagos

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal
  • Gastos corrientes en bienes y servicios
  • Servicios de limpieza y aseo, incluyendo recogida de residuos sólidos, desratización, etc.
  • Seguridad de edificios e instalaciones
  • Distribución de mensajes, correspondencia, paquetería
  • Estudios técnicos, informes, trabajos estadísticos
  • Exposiciones culturales y académicas
  • Edición de libros, publicaciones, revistas
  • Manutención, estancias y desplazamientos de Académicos/Académicas
  • Gastos de protocolo

Criterios de valoración

  • Criterios de eficiencia y economía para la elección entre ofertas presentadas
  • Baremo establecido en el artículo 2 de la Orden de 11 de julio de 2006 para gastos de alojamiento y manutención
  • La subvención no puede superar su cuantía autorizada
  • No debe justificarse el total de la actividad o inversión

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas

Condiciones económicas

La subvención se destina a gastos corrientes de funcionamiento, no incluyendo inversiones. El plazo de ejecución es del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.; El importe máximo del gasto subvencionable está limitado por la normativa vigente. Los gastos de protocolo no deben superar el 10% del total de la subvención.; El porcentaje de financiación se aplica sobre la cuantía correspondiente a los justificantes aceptados. Las cantidades a reintegrar son ingresos de derecho público y el interés de demora es el interés legal incrementado en un 25%.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Academias que no realizan actividades económicas en Andalucía
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 96,5% del coste subvencionable. La subvención se destina a gastos corrientes de funcionamiento, no incluyendo inversiones. El plazo de ejecución es del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.; El importe máximo del gasto subvencionable está limitado por la normativa vigente. Los gastos de protocolo no deben superar el 10% del total de la subvención.; El porcentaje de financiación se aplica sobre la cuantía correspondiente a los justificantes aceptados. Las cantidades a reintegrar son ingresos de derecho público y el interés de demora es el interés legal incrementado en un 25%.. Presupuesto total: 22.058 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de Solicitud. Fin: Sin plazo de Solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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