Resumen: Es una subvención que financía los costos operativos de academias en Andalucía, dirigida a entidades sin ánimo de lucro.
Qué financia
Financia gastos de funcionamiento para academias
A quién va dirigida
Academias y instituciones educativas no comerciales en Andalucía
Requisitos
Los gastos deben responder a la naturaleza de la actividad subvencionada, ser estrictamente necesarios y realizarse dentro del plazo señalado.
El coste de adquisición de los gastos no debe superar el valor de mercado ni exceder lo razonable en un entorno de austeridad.
Gastos subvencionables
Recogida de residuos sólidos, desratización, desinsectación, desinfección.
Servicios de seguridad de edificios e instalaciones.
Distribución de mensajes, correspondencia, paquetería.
Estudios, trabajos técnicos y laboratorio, informes y trabajos estadísticos o de otro carácter.
Exposiciones culturales, artísticas, científicas, técnicas, jurídicas y económicas.
Edición de libros, publicaciones, revistas y documentos.
Manutención, estancias y desplazamientos de académicos y académicas por asistencia a sesiones.
Gastos de protocolo.
Criterios de valoración
Criterios de eficiencia y economía al seleccionar proveedores para gastos superiores al límite del contrato menor.
El importe de la subvención se abona en dos pagos del 50% cada uno, con justificaciones parciales y finales dentro de plazos específicos.
Documentación a presentar
Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.
Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.
Condiciones económicas
El importe máximo de gastos subvencionables por desplazamiento es el resultado del baremo establecido en la Orden de 11 de julio de 2006. El gasto de protocolo no debe superar el 10% del total de la subvención.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Academias y instituciones educativas no comerciales en Andalucía
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El importe máximo de gastos subvencionables por desplazamiento es el resultado del baremo establecido en la Orden de 11 de julio de 2006. El gasto de protocolo no debe superar el 10% del total de la subvención.. Presupuesto total: 22.058 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de Solicitud. Fin: Sin plazo de Solicitud.
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