Subvención para gastos de patrimonio UNESCO en Alcalá de Henares
Qué financia
Financiar gastos relacionados con el mantenimiento, restauración y promoción del patrimonio cultural de Alcalá de Henares inscrito en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO.
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en conservación o promoción del patrimonio cultural local.
Requisitos
- No estar incurso en causas que impidan la obtención de subvenciones según Ley 38/2003.
- Estar al corriente en obligaciones tributarias y frente a Seguridad Social.
- Cumplir con las obligaciones generales establecidas por la Ley 2/1995 y 38/2003.
- Solicitar el pago anticipado dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la orden de concesión de la subvención.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Gastos subvencionables
- Desarrollo del II Congreso de Periodismo de Turismo de Viajes (hasta un máximo de 16.000 €)
- Celebración de la 'Noche en Blanco' con trabajos de producción y desarrollo, Proyecto Gastronómico, Medición de huella de carbono y compensación (hasta un máximo de 45.000 €)
- Impulso al producto turístico Trenes Históricos a través del Tren de Cervantes (hasta un máximo de 10.000 €)
- Asistencia a dos Ferias Internacionales de Turismo (hasta un máximo de 16.000 €)
- Realización de trabajos técnicos para la redacción de la estrategia turística del destino (hasta un máximo de 13.000 €)
- Todos los gastos e inversiones objeto de ayuda dentro del periodo subvencionable.
Documentación a presentar
- Declaración responsable sobre la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos.
- Certificación de cumplimiento tributario y Seguridad Social.
- Autorización previa para publicidad que haga referencia a la participación de la Comunidad de Madrid.
- Declaración responsable de no estar incurso en procedimientos de recuperación de una ayuda ilegal.
- Declaración responsable de cumplir el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Declaración responsable firmada por el representante de la entidad haciendo constar que el beneficiario no es deudor por resolución de procedimiento de reintegro de subvenciones.
- Memoria explicativa y económica con documentación gráfica de las actividades realizadas.
- Copia de las piezas de comunicación, estudios, trabajos de investigación etc. contratados y/o realizados.
- Certificación en la que conste una relación de todos los gastos producidos en la aplicación del importe concedido.
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil de todos los gastos e inversiones objeto de ayuda dentro del periodo subvencionable.
- Justificantes bancarios de pago de todos los gastos e inversiones objeto de ayuda.
Condiciones económicas
El importe total no puede superar los costes de la actividad a desarrollar por el beneficiario, y se considera un pago anticipado.; El pago se realiza como anticipo único. El beneficiario debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de rendición de cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.