Subvención para Investigación, Desarrollo e Innovación en Navarra
Qué financia
Financia proyectos de investigación, desarrollo e innovación.
A quién va dirigida
Personas físicas que no desarrollan actividad económica y están interesadas en proyectos de I+D+i.
Requisitos
- No incurrir en circunstancias prohibidas por la Ley Foral 11/2005 y cumplir con la obligación prevista en el art. 49 de la Ley Foral 13/2021.
- Presentar una declaración responsable firmada por la presidencia de la entidad.
- Llevar a cabo su actividad según lo previsto en el proyecto con perspectiva de género, medidas medioambientales sostenibles, acceso e igualdad de oportunidades y utilización de las lenguas oficiales.
- Cumplir sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Comunicar cualquier alteración que modifique sustancialmente su proyecto.
- Permitir actuaciones de comprobación y control técnico.
- Informar sobre la obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos financieros.
- Disponer de libros contables y documentos exigidos por normativa aplicable.
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de fondos recibidos.
Gastos subvencionables
- Gastos de personal
- Gastos corrientes (arrendamiento, desplazamientos, publicidad)
- Gastos necesariamente vinculados a las actividades descritas en el proyecto
- Gastos corrientes
Documentación a presentar
- Memoria técnica y evaluación de acompañamiento
- Relación numerada de gastos con recibos, facturas y documentos probatorios
- Declaración Responsable firmada por la presidencia
- Pruebas documentales del cumplimiento de obligaciones de participación del Gobierno de Navarra
- Facturas originales o debidamente compulsadas según Decreto Foral 23/2013.
- Declaración Responsable firmada por la presidencia y con sello de la entidad.
- Pruebas documentales y fotográficas del cumplimiento de obligaciones de participación en el proyecto.
Condiciones económicas
El gasto se abonará en un único pago previa justificación de actividades ejecutadas y gastos abonados, con posibilidad de anticipo hasta el 60% del importe total.; Se prevé un anticipo para los gastos de personal y corrientes correspondientes al mes de diciembre de 2026, con justificación a realizar hasta el 28 de febrero de 2027. Si la justificación no se realiza correctamente o el gasto no alcanza la cantidad abonada, se procederá al reintegro.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.