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Subvención para la Asociación Cántabra de Federaciones Deportivas

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
Denominación oficial (BDNS): Resolución concesión subvención nominativa para la Asociación Cántabra de Federaciones Deportivas. Gastos de funcionamiento. Ayuda a la Asociación de Federaciones para gastos de organización y ayuda a otras federciones.
Resumen: Es una subvención destinada a cubrir gastos de funcionamiento y apoyo a otras federaciones en el ámbito deportivo. Está dirigida a asociaciones sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia los gastos de organización y apoyo a otras federaciones dentro del sector deportivo.

A quién va dirigida

Asociación Cántabra de Federaciones Deportivas

Requisitos

  • Destinar la subvención a su finalidad
  • Garantizar información y difusión de la colaboración con la Consejería
  • Justificar ante la Consejería el cumplimiento de requisitos y condiciones
  • Someterse a actuaciones de comprobación
  • Conservar documentos justificativos durante 4 años
  • Proceder al reintegro en supuestos normativamente previstos
  • Cumplir obligaciones recogidas en la Ley 10/2006 y otras leyes aplicables
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Memoria de todas las actuaciones de publicidad en las que conste estar subvencionado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte durante el año 2026
  • Declaración responsable suscrita por el presidente de la asociación

Gastos subvencionables

  • Adquisición de bienes y servicios necesarios para el ejercicio de la actividad (gastos corrientes o de funcionamiento)
  • Gastos originados por adquisición de bienes fungibles con duración inferior al ejercicio presupuestario
  • Costes generales: alquiler, material de oficina, teléfono, comunicaciones postales, limpieza, luz, agua, alquiler instalaciones de entrenamiento o competición
  • Gastos de gestión administrativa, gestoría, protección de datos y prevención de riesgos laborales
  • Nóminas y gastos de seguridad social del personal administrativo (máximo 50% de la subvención)
  • Transporte y manutención de directivos y personal en el ejercicio de su actividad
  • Gastos de funcionamiento

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de condiciones impuestas
  • Relación clasificada de gastos de la actividad
  • Informe de auditor que certifique existencia de facturas y justificantes de pago, documentos originales, requisitos exigidos en el Real Decreto 1619/2012, emisión a nombre del beneficiario, fechas de inicio y finalización del proyecto, gastos incurridos correspondientes a acciones objeto de la subvención, no inclusión del IVA recuperable, contabilización correcta, concordancia entre memoria de actuación y documentos base
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Memoria de todas las actuaciones de publicidad en las que conste estar subvencionado por la Consejería
  • Declaración responsable de impuestos indirectos (si se justifican)
  • Declaración responsable suscrita por el presidente de la asociación

Condiciones económicas

Los desplazamientos en vehículo particular o individual se subvencionan hasta un máximo de 0,26 euros/kilómetro; los gastos de alojamiento y manutención tienen máximos diarios por persona/noche según destino. El coste total de restauración no debe superar el 25% del total de la actividad.; La subvención se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.06.336A.481.51 de la Ley de Cantabria 4/2026, de 28 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociación Cántabra de Federaciones Deportivas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 30.000 €. Los desplazamientos en vehículo particular o individual se subvencionan hasta un máximo de 0,26 euros/kilómetro; los gastos de alojamiento y manutención tienen máximos diarios por persona/noche según destino. El coste total de restauración no debe superar el 25% del total de la actividad.; La subvención se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.06.336A.481.51 de la Ley de Cantabria 4/2026, de 28 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026.. Presupuesto total: 30.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: No tiene. Fin: No tiene.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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