Subvención para la asociación de empresarios de campings en Cantabria
Qué financia
Financia las actividades de la asociación para mejorar el sector camping en Cantabria
A quién va dirigida
Asociación de empresarios de campings en Cantabria
Requisitos
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.
- Acreditar estar al corriente con obligaciones tributarias, AEAT, TGSS y Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
- No tener pendiente resoluciones de reintegro de subvenciones.
- Inserción del escudo oficial del Gobierno de Cantabria y los logotipos oficiales en todas las actuaciones.
Gastos subvencionables
- Promoción turística mediante asistencia a ferias
- Campañas de publicidad en medios de comunicación
- Publicación del libro guía
- Portal web y redes sociales
- Coordinación de campings
- Formación sobre gestión, servicios asociativos y competencias digitales
Documentación a presentar
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas.
- Memoria económica justificativa del coste de actividades realizadas.
- Certificado de que la subvención ha sido incorporada a contabilidad.
Condiciones económicas
El gasto debe realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 28 de febrero de 2027, con pago hasta la finalización del plazo de presentación de la cuenta. La subvención se pagará una vez que se presente la cuenta justificativa.; Se exige la inserción del escudo oficial del Gobierno de Cantabria y los logotipos oficiales en todas las actuaciones. Se pueden solicitar devoluciones voluntarias a través del modelo 046.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.