● Abierta · hasta 31/12/202650% del coste25.000 €

Subvención para la conservación y difusión del patrimonio histórico y audiovisual en Cádiz

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁDIZ · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ
Denominación oficial (BDNS): Subv. nom. asoc. cultural conservación y difusión patrimonio histórico y audio visual paterna - dipuinnova + 2026
Resumen: Es una subvención que apoya proyectos de conservación y difusión del patrimonio histórico y audiovisual. Está dirigida a diversos sectores, incluyendo autónomos y entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia proyectos para la conservación y difusión del patrimonio histórico y audiovisual en Cádiz

A quién va dirigida

Autónomos, pymes, personas físicas que desarrollan actividad económica, entidades sin ánimo de lucro, particulares y universidades/centros de investigación

Requisitos

  • Acreditar el efectivo destino de la subvención a su finalidad
  • Comunicar cualquier modificación en las acciones que afecte los gastos presupuestarios
  • Realizar las acciones contempladas y presentar justificación correspondiente
  • Cumplir con obligaciones tributarias y seguridad social
  • No estar incurso en supuestos de insolvencia o inhabilitación
  • Someterse a normativa de supervisión, seguimiento y control
  • Asumir responsabilidad por la organización y desarrollo del proyecto
  • La actividad debe coincidir con los fines de la Diputación de Cádiz
  • No pueden incluirse gastos de estructura o mantenimiento
  • Los gastos deben estar justificados por facturas o documentos probatorios
  • Ser titular de un negocio o actividad económica en la provincia de Cádiz.
  • Tener una antigüedad mínima de 2 años.

Gastos subvencionables

  • Grabación y difusión de fiestas y eventos
  • Creación de spots publicitarios
  • Creación de vídeos para el canal y RR.SS.
  • Gastos de personal asignado al proyecto
  • Nóminas y justificantes de pago
  • RLC (Recibo de liquidación de cotizaciones) y justificante de su pago
  • RNT (Relación nominal de trabajadores)
  • Gastos reales efectuados para la consecución del fin de la subvención
  • Facturas y documentos probatorios válidos
  • Gastos de formación y capacitación para el personal del negocio.

Criterios de valoración

  • Los gastos deben responder a la naturaleza de la actividad subvencionada
  • Deben estar efectivamente realizados en el período de ejecución
  • No tengan un coste superior al valor de mercado
  • Gastos de personal no superar el 20% del total de la subvención
  • Gastos de publicidad no superar el 10% de la ayuda concedida

Documentación a presentar

  • Contratos de trabajo vigentes del personal asignado al proyecto
  • Nóminas y justificantes de pago
  • RLC (Recibo de liquidación de cotizaciones) y justificante de su pago
  • RNT (Relación nominal de trabajadores)
  • Contratos de trabajo vigentes
  • RLC (Recibo de liquidación de cotizaciones)
  • Ordenes de transferencia firmadas y selladas
  • Resúmenes contables mensuales detallados por trabajador
  • Certificación de la entidad firmada
  • Copia del NIF o CIF.
  • Certificado de antigüedad del negocio.
  • Presupuesto detallado de los gastos a cubrir por la subvención.
  • Plan de formación y capacitación.

Condiciones económicas

El importe total subvencionado corresponde a gastos corrientes. Los gastos financieros, asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, periciales y administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad.; Los gastos subvencionables no incluyen IT/AT, impuestos indirectos susceptibles de recuperación, ni los impuestos personales. El IVA es aceptable si la entidad está exenta o el gasto no se incluye en actividades sujetas a IVA.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Autónomos, pymes, personas físicas que desarrollan actividad económica, entidades sin ánimo de lucro, particulares y universidades/centros de investigación
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 25.000 €. El importe total subvencionado corresponde a gastos corrientes. Los gastos financieros, asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, periciales y administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad.; Los gastos subvencionables no incluyen IT/AT, impuestos indirectos susceptibles de recuperación, ni los impuestos personales. El IVA es aceptable si la entidad está exenta o el gasto no se incluye en actividades sujetas a IVA.. Presupuesto total: 25.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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