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Subvención para la dinamización de la Casa del Queso en Gran Canaria

LOCAL · CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA
Denominación oficial (BDNS): GC Subvención nominativa a la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE QUESO ARTESANAL DEL NOROESTE (PROQUENOR), para la ejecución del proyecto denominado DINAMIZACIÓN DE LA CASA DEL QUESO Y ENTRE CORDEROS Y FOGONES.
Resumen: Es una subvención que apoya a la Asociación de Productores de Queso Artesanal del Noroeste (PROQUENOR) para mejorar su espacio y promover el sector agropecuario local.

Qué financia

Financia mejoras en la Casa del Queso y actividades relacionadas con la promoción del queso artesanal en Gran Canaria.

A quién va dirigida

Asociación de productores de quesos artesanales y entidades similares en Gran Canaria.

Requisitos

  • No estar incursa en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • No estar incursa en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Cabildo de Gran Canaria o sus Organismos Autónomos.
  • No tener subvenciones pendientes de justificar con el Cabildo de Gran Canaria una vez vencido el plazo establecido para dicha justificación.
  • No tener pendiente de reintegro, total o parcial, subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria.
  • Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación mediante un cartel anunciador
  • Informar sobre la financiación pública en cualquier difusión que se realice
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en supuestos contemplados por la Ley 38/2003
  • Cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No ser deudor por procedencia de reintegro

Gastos subvencionables

  • Los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios.
  • Realizarse dentro del plazo de ejecución aprobado y estar efectivamente pagados antes de la finalización del plazo de justificación.
  • Gastos de personal (incluyendo retribuciones y cuotas a la seguridad social)
  • Servicios, suministros y materiales
  • Arrendamientos de bienes inmuebles
  • Cualquier otro especificado en el presupuesto y aprobado por la Resolución de concesión
  • Gastos de auditoría
  • Costes indirectos

Criterios de valoración

  • Reintegro total en caso de no realización del proyecto, falseamiento u ocultación de condiciones requeridas, incumplimiento total de objetivos o obligaciones contables.
  • Reintegro proporcional en caso de incumplimiento parcial de los fines, justificación insuficiente o incumplimiento de condiciones impuestas como beneficiario.

Documentación a presentar

  • Proyecto presentado
  • Reformulaciones y modificaciones debidamente autorizadas por el Cabildo de Gran Canaria
  • Libros contables, registros diligenciados y demás documentos auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable.
  • Documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Memoria técnica y económica
  • Informe auditor
  • Relación clasificada de gastos

Condiciones económicas

El beneficiario está obligado a justificar el total del proyecto (100.000 €), y en caso de que los gastos no alcancen esa cantidad, se reintegrará la parte restante con intereses.; El beneficiario está obligado a justificar por el importe total presupuestado de 100.000 €, y en caso de que los gastos no alcancen dicha cantidad, se asumirá el 90% del monto correctamente justificado.; El pago se realizará con carácter anticipado. No es necesario constituir garantía al beneficiario. El justificativo debe incluir una memoria técnica y económica, un informe auditor y la relación clasificada de gastos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociación de productores de quesos artesanales y entidades similares en Gran Canaria.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 90% del coste subvencionable. El beneficiario está obligado a justificar el total del proyecto (100.000 €), y en caso de que los gastos no alcancen esa cantidad, se reintegrará la parte restante con intereses.; El beneficiario está obligado a justificar por el importe total presupuestado de 100.000 €, y en caso de que los gastos no alcancen dicha cantidad, se asumirá el 90% del monto correctamente justificado.; El pago se realizará con carácter anticipado. No es necesario constituir garantía al beneficiario. El justificativo debe incluir una memoria técnica y económica, un informe auditor y la relación clasificada de gastos.. Presupuesto total: 90.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: SIN PLAZO DE SOLICITUD. Fin: SIN PLAZO DE SOLICITUD.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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