● Abierta · hasta 31/12/20263.000 €

Subvención para la escuela de jota en Fragatina

LOCAL · FRAGA · AYUNTAMIENTO DE FRAGA
Denominación oficial (BDNS): (4557/2026) convocatoria subvención nominativa rondalla peña fragatina destinada a colaborar en la financiación de gastos derivados de la escuela de jota 2026.
Resumen: Es una subvención destinada a financiar gastos relacionados con la escuela de jota. Está dirigida a personas jurídicas, pymes y particulares que desarrollan actividades económicas.

Qué financia

Financiación de gastos derivados de la escuela de jota

A quién va dirigida

Personas jurídicas, pymes y particulares con actividad económica en el ámbito sanitario o servicios sociales

Requisitos

  • La concurrencia y publicidad no será preceptiva en ciertos casos específicos
  • El importe de las subvenciones no podrá superar el coste de la actividad subvencionada
  • Los perceptores deben justificar la aplicación de los fondos a través de cuenta detallado y adjuntar facturas que acrediten la inversión o actividad subvencionada
  • Ser persona física o jurídica que realice la actividad que fundamenta su otorgamiento.
  • No estar incursas en prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de Subvenciones.
  • Soportar el coste de la actuación.

Gastos subvencionables

  • Gastos generales de funcionamiento
  • Proyectos específicos como 'Conviviendo en Fraga', 'Ayuda a los necesitados', etc.
  • Actividades deportivas, culturales y festivas
  • Dinamización del comercio local
  • Mantenimiento ordinario de fachadas
  • Renovación de elementos estructurales, cubiertas y carpinterías
  • Mejora de la salubridad en el interior de inmuebles
  • Recuperación de fachadas tradicionales

Criterios de valoración

  • Colaborar e impulsar iniciativas de interés público
  • Urbanismo y obras de interés público
  • Sanidad y promoción social
  • Desarrollo económico y comercio
  • Cultura
  • Educativas, juveniles y festivas
  • Deportivas
  • Hasta agotar el crédito presupuestario.
  • En caso de superar el presupuesto, se ordenan por entrada en Registro General y se realiza un sorteo.

Documentación a presentar

  • Facturas conformadas según Real Decreto 1619/2012
  • Certificaciones de obra firmadas por el contratista y técnico director
  • Cuenta detallada justificando la aplicación de los fondos
  • Documentación que acredite la inversión o actividad subvencionada

Condiciones económicas

Las subvenciones no superarán el coste de la actividad subvencionada. Se pueden autorizar pagos a justificar en casos excepcionales y previamente motivados.; El límite máximo varía según la categoría: mantenimiento fachadas (2.000 €), renovación estructural (3.000 €), mejora salubridad (1.500 €), recuperación tradicional (5.000 €).

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas, pymes y particulares con actividad económica en el ámbito sanitario o servicios sociales
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 8.000 €. Las subvenciones no superarán el coste de la actividad subvencionada. Se pueden autorizar pagos a justificar en casos excepcionales y previamente motivados.; El límite máximo varía según la categoría: mantenimiento fachadas (2.000 €), renovación estructural (3.000 €), mejora salubridad (1.500 €), recuperación tradicional (5.000 €).. Presupuesto total: 3.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.