Subvención para la Federación Cántabra de Automovilismo
Qué financia
Financia gastos de organización y funcionamiento federativos.
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas al automovilismo en Cantabria.
Requisitos
- Destinar la subvención a su finalidad
- Garantizar información, difusión y publicidad de la colaboración con la Consejería
- Justificar el cumplimiento de requisitos y condiciones
- Someterse a actuaciones de comprobación
- Conservar documentos justificativos
- Proceder al reintegro en supuestos normativamente previstos
- Cumplir con obligaciones recogidas en la Ley 10/2006 y otras leyes
- Memoria de gastos de arbitraje
- Memoria de actuaciones de publicidad subvencionadas por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte durante el año 2026
- Declaración responsable suscrita por el presidente de la federación informando sobre cedida de datos personales a la Consejería
- Documentos justificativos firmados electrónicamente
Gastos subvencionables
- Desplazamientos (hasta 0,26€/km)
- Alojamiento y manutención
- Restauración o similares (no más del 25% del total)
- Gastos de arbitraje
- Coste de inscripción y conceptos incluidos en la misma
- Publicidad relacionada con la Federación Cántabra de Automovilismo
Documentación a presentar
- Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor
- Memoria de actuación justificativa
- Memoria económica abreviada
- Relación clasificada de gastos
- Informe de auditor
- Certificaciones o memorias relacionadas con hoteles, restaurantes, viajes y transporte/desplazamientos
- Memoria de gastos de arbitraje
- Memoria de actuaciones de publicidad
- Declaración responsable suscrita por el presidente
- Memoria de actuaciones de publicidad subvencionadas por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte durante el año 2026
- Declaración responsable suscrita por el presidente de la federación informando sobre cedida de datos personales a la Consejería
Condiciones económicas
Los gastos subvencionables están limitados por conceptos específicos con máximos diarios y totales, como desplazamientos (hasta 0,26€/km), alojamiento y manutención. El coste total de restauración no puede superar el 25% del total de la actividad subvencionada.; La subvención se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.06.336A.481.04 de la Ley de Cantabria 4/2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.