Subvención para la Federación Cántabra de Kickboxing
Qué financia
Financia los costos asociados con la organización y el funcionamiento de la Federación Cántabra de Kickboxing.
A quién va dirigida
Entidad sin ánimo de lucro dedicada a deportes, específicamente kickboxing.
Requisitos
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Acreditar estar al corriente con las obligaciones tributarias con AEAT, TGSS y Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
- Ser ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas
- Justificar la realización de actividades subvencionadas con libros, registros y facturas acreditativas
- Presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
- Entregar una memoria económica abreviada con un estado representativo de los gastos incurridos
Gastos subvencionables
- Costes generales
- Gastos de gestión administrativa
- Seguros (no repercutidos en la licencia de los deportistas)
- Nóminas y gastos de seguridad social del personal
- Tasas de inscripción a competiciones oficiales
- Adquisición de material deportivo fungible e inventariable imprescindible
- Ropa deportiva de competición y entrenamiento
- Transporte, manutención y alojamiento de deportistas, técnicos y directivos
- Organización de pruebas deportivas oficiales reconocidas en el calendario de la Federación correspondiente
- Formaciones deportivas en periodo transitorio
- Seminarios, jornadas, clinics o similares
- Programas de promoción deportiva
- Programa de captación de talentos
- Gastos subvencionables según el proyecto financiable presentado por la federación
Documentación a presentar
- Declaración Responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
- Memoria/Propuesta de la directora general de Deporte
- Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor
- Libros y registros
- Facturas acreditativas de pago
- Memoria de actuación justificativa
- Memoria económica abreviada
- Relación clasificada de gastos
- Informe de auditor detallado
- Certificaciones o memorias para hoteles, restaurantes, viajes y transporte/desplazamientos
- Memoria de gastos de arbitraje
- Memoria de actuaciones de publicidad
- Declaración responsable suscrita por el presidente de la federación
Condiciones económicas
Los gastos deben realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, pagándose hasta el 31 de marzo de 2027. Los importes máximos para desplazamientos y alojamiento se detallan por destino.; El proyecto debe estar justificado en su totalidad y los gastos deben ser subvencionables según el proyecto financiable presentado. Se requiere una relación clasificada de gastos, informes de auditoría detallados y otras documentaciones específicas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.