Subvención para la organización del Partido Leyendas a favor de la ELA 2026
Qué financia
Financia los gastos corrientes derivados de la organización y celebración del Partido Leyendas a favor de la ELA 2026
A quién va dirigida
Asociaciones deportivas sin ánimo de lucro
Requisitos
- Reunir los requisitos para acceder a la subvención conforme al artículo 13 de RESOLUCION.
- Presentar la documentación requerida: Solicitud, presupuesto de gastos e ingresos, N.I.F., Estatutos y Poder de representación.
- La presentación de la documentación correspondiente a la justificación debe ser telemática
- Los formularios, declaraciones responsables y documentos electrónicos deben ser utilizados cuando así proceda
Gastos subvencionables
- Gastos corrientes derivados de la organización y celebración del Partido leyendas a favor de la ELA.
- No se considerarán gastos subvencionables los de inversión en general, adquisición de bienes inventariables o obras.
Criterios de valoración
- Obtención de la subvención falseando u ocultando condiciones: 100% reintegro
- Incumplimiento total de los fines indicados en la solicitud concedida: 100% reintegro
- Incumplimiento parcial de los fines para los que se presentó la solicitud: devolución proporcional a los fines no ejecutados
- Incumplimiento de las medidas de difusión: 20% reintegro si persiste el incumplimiento tras requerimiento
- Incumplimiento de la obligación de justificación: 100% reintegro
- Justificación insuficiente y/o extemporánea: directamente proporcional a la parte no justificada o al retraso en su presentación
- Incumplimiento parcial de otras condiciones impuestas: 5%
Documentación a presentar
- Justificación conforme a modelo normalizado
- Cuenta justificativa de los gastos efectuados
- Facturas o documentos originales de los gastos realizados
- Documentos acreditativos de los pagos efectuados
- Acreditación de la publicidad realizada
- Documentos electrónicos disponibles en la sede telemática para cumplimentar en la fase de justificación
Condiciones económicas
La subvención es prepagable, con un plazo de ejecución del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 y un plazo máximo de justificación hasta el 31 de marzo de 2027. Se requiere la presentación de documentación específica para la justificación de los gastos subvencionables.; El proceso se realiza telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación. Se permite una prórroga del plazo de justificación, y hay un procedimiento para subsanar errores en la justificación.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.