● Abierta · hasta 31/12/202620.000 €

Subvención para personas jurídicas sin actividad económica en Asturias

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA ORDENACIÓN DE TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y DERECHOS CIUDADANOS
Denominación oficial (BDNS): Subvencion ast.acoge.mig.vulnerabilizados
Resumen: Es una subvención de 20.000 € destinada a entidades que no desarrollan actividades económicas, con el objetivo de financiar otras actuaciones económicas.

Qué financia

Financiación para otras actuaciones económicas en Asturias

A quién va dirigida

Personas jurídicas sin actividad económica

Requisitos

  • Ser una asociación sin ánimo de lucro creada en 1994
  • Tener experiencia en el acompañamiento social de personas migrantes y en situación de vulnerabilidad
  • Estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias
  • Justificantes de gasto originales emitidos entre enero y diciembre de 2026
  • Documentación acreditativa del pago
  • Detalle de subvenciones concedidas o ingresos obtenidos para la actividad

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal
  • Gastos derivados de la ejecución de las actividades del proyecto, tales como la contratación de servicios, desarrollo de la formación, materiales pedagógicos, alquiler de espacios, contenido publicitario o acciones de promoción y difusión
  • Gastos del proyecto
  • Transporte, manutención y alojamiento
  • Personal (con documentos adicionales)

Documentación a presentar

  • Copia del contrato o contratos
  • Facturas originales que reúnan los requisitos establecidos en el Real Decreto 1.619/2012, de 30 de noviembre
  • Facturas originales emitidas entre enero y diciembre de 2026
  • Documentación acreditativa del pago
  • Detalle de subvenciones concedidas o ingresos obtenidos para la actividad

Condiciones económicas

El pago se hará efectivo de una sola vez, anticipando el pago tras la resolución de concesión mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por su titular.; Los justificantes deben ser facturas originales emitidas entre enero y diciembre de 2026, con requisitos específicos. Los gastos de personal requieren documentos adicionales como contratos, nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas sin actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 20.000 €. El pago se hará efectivo de una sola vez, anticipando el pago tras la resolución de concesión mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por su titular.; Los justificantes deben ser facturas originales emitidas entre enero y diciembre de 2026, con requisitos específicos. Los gastos de personal requieren documentos adicionales como contratos, nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social.. Presupuesto total: 20.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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