Subvención para Programa de Formación en Hemofilia y Coagulopatías Congénitas
Qué financia
Financia un programa de formación para personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que ofrezcan servicios relacionados con la salud y atención a personas con hemofilia y coagulopatías congénitas.
Requisitos
- Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ordenanza general municipal de subvenciones
- No utilizar la imagen de la mujer como reclamo y evitar connotaciones sexuales o denigración de su imagen
- Publicar información relativa a las subvenciones si perciben al menos el 40% del total de sus ingresos anuales que tengan carácter de ayuda o subvención pública
- Colaborar con el Ayuntamiento de Lugo en todo lo requerido por el convenio
- Cumplir con las obligaciones de difusión contenidas en la Ley general de subvenciones
- Realizar el proyecto ESCUELA DE FORMACIÓN PARA PERSONAS CON HEMOFILIA Y OTRAS COAGULOPATÍAS CONGÉNITAS EN LUGO
- Lucir el logotipo del Ayuntamiento de Lugo en las actuaciones
- Incorporar la lengua gallega en comunicaciones
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ordenanza general municipal de subvenciones
Gastos subvencionables
- Nóminas
- Seguridad Social
- Desplazamientos acreditados mediante factura
- Alojamientos
- Mantenimiento
- Material cultural/deportivo no inventariable
- Gastos de publicidad
- Gastos de suministro
- Nóminas (con desglose del salario líquido, Seguridad Social a cargo de la empresa y trabajador/a, IRPF)
- Manutención
- Materiales culturales/deportivos no inventariables
- Gastos de suministro y cualquier otro gasto relacionado con el objeto estricto de la subvención
- Seguridad social
Documentación a presentar
- Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Lugo y la entidad beneficiaria
- Anexos comunes (anexo I, II, III, IV, V, VI)
- Memoria explicativa y detallada del proyecto, relación de gastos e ingresos
- Facturas y documentos de valor probatorio acreditados
- Certificaciones de cumplimiento tributario y Seguridad Social
- Declaración responsable
- Memoria explicativa y detallada del proyecto, incluyendo relación de gastos e ingresos
- Facturas y documentos de valor probatorio acreditando el pago de los gastos presentados
- Resguardo bancario o extracto de cuenta corriente sellado por la entidad financiera
- Copia del cheque emitido a nombre del proveedor que emite la factura
- Recibo donde conste 'recibí en efectivo' para importes inferiores a 300 euros (excepto gastos de personal)
- Documento acreditativo del pago con tarjeta débito a nombre de la entidad
- Certificado bancario en el caso de presentar gastos en moneda extranjera
- Facturas de desplazamiento/alojamiento y combustible identificadas a nombre de la entidad subvencionada
- Recibo de liquidación de cotizaciones con sello de caja y certificación mecánica para el pago de Seguridad Social
Condiciones económicas
El Ayuntamiento aporta una cantidad específica para cada proyecto, y los gastos subvencionables están limitados al valor del mercado. Los costes indirectos deben ser justificados.; El pago anticipado es del 80% al firmar el convenio, con un plazo de ejecución anual y una justificación máxima del 90% del coste total de la actividad.; El Ayuntamiento puede modificar la cuantía de la ayuda en caso de alteraciones o obtención concurrente de otras ayudas. Los gastos subvencionables deben ser estrictamente necesarios y dentro del coste de mercado.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.