Resumen: Es una subvención que financía acciones sociales y económicas. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro.
Qué financia
Financia actuaciones de carácter económico con un objetivo social.
A quién va dirigida
Organizaciones sin fines de lucro, como ONGs o asociaciones que trabajan en servicios sociales y educación.
Requisitos
No encontrarse incursa en alguna de las situaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Hallarse al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Haber cumplido efectivamente los requisitos y haber realizado efectivamente la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas por el Ayuntamiento de Calatayud al beneficiario para un mismo destino y finalidad en los cuatro ejercicios anteriores.
Ser una entidad social cuyo objeto social esté relacionado con el objeto de la subvención.
Desarrollar su actividad en Calatayud, y estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Calatayud.
Cumplir los criterios establecidos en el Anexo III
Presentar Memoria final detallada y justificantes de gasto
Gastos subvencionables
Nóminas
Seguros sociales
Materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto
Criterios de valoración
Calidad técnica del proyecto
Prioridad atribuida a los diferentes ámbitos por su complemen
Calidad técnica del proyecto (hasta 20 puntos)
Prioridad atribuida a los diferentes ámbitos por su complementariedad con la intervención de los servicios municipales (hasta 15 puntos)
Personas beneficiarias/destinatarias (hasta 10 puntos)
Mejora en innovación (hasta 10 puntos)
Estructura técnica, económica y organizativa destinada a la ejecución del proyecto (hasta 15 puntos)
Trasparencia y responsabilidad social (hasta 20 puntos)
Documentación a presentar
Acreditación de la representación (si procede)
Copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad
Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Memoria detallada de las actividades a realizar para las que se solicita subvención
Documentación detallada en el apartado “formas de acreditar méritos” del artículo 16 de estas bases.
Memoria final detallada
Justificantes de gasto
Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa
Declaración de otras subvenciones o ingresos de naturaleza pública o privada que hayan financiado la actividad
Condiciones económicas
La cuantía máxima se imputará condicionada a la existencia de consignación en el presupuesto de 2027.; La cuantía no será inferior a 500€ ni podrá superar el 80% del presupuesto de la actividad, con un máximo de 6.500€.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin fines de lucro, como ONGs o asociaciones que trabajan en servicios sociales y educación.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 40.000 €. La cuantía máxima se imputará condicionada a la existencia de consignación en el presupuesto de 2027.; La cuantía no será inferior a 500€ ni podrá superar el 80% del presupuesto de la actividad, con un máximo de 6.500€.. Presupuesto total: 40.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente a su publicación . Fin: QUINCE DIAS HABILES a contar desde el siguiente a la publicación en BOPZ.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.
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