Subvención para proyectos religiosos en Gran Canaria
Qué financia
Financia la realización de proyectos en instalaciones religiosas como iglesias y parroquias
A quién va dirigida
Parroquias e iglesias ubicadas en Gran Canaria
Requisitos
- Presentar la documentación necesaria para proceder a la resolución de dicha subvención.
- Cumplir con los requisitos legales establecidos en el art. 66 de la Ley 39/2015 y la legislación en materia subvencional.
- Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Obtener todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarios para realizar la actividad
- Cumplir con el objetivo de ejecutar el proyecto o realizar la actividad
- Justificar el empleo de fondos públicos recibidos en la actividad subvencionada
- Comunicar al órgano concedente cualquier ingreso u otro auxilio económico recibido para la misma actividad
- Facilitar toda la información requerida por los Servicios de esta Administración Insular y someterse a las actuaciones de comprobación
- La modificación debe ser solicitada inmediatamente ante cualquier cambio en las circunstancias o requisitos, antes de finalizar el plazo establecido.
- El beneficiario no puede solicitar más de una modificación por entidad y proyecto.
- Las modificaciones deben presentarse con al menos 2 meses de antelación respecto a la fecha de finalización del plazo de ejecución.
Gastos subvencionables
- Honorarios técnicos
- Tasas ICIO
- Presupuesto contrata
Criterios de valoración
- La finalización del plazo de ejecución se fija a 31/12/2026
- El beneficiario deberá justificar el 100% de la realización de la actividad y la aplicación de los fondos recibidos en un plazo de tres meses después de finalizar la ejecución
- La modificación debe estar justificada por imposibilidad de cumplir las condiciones originales, no afectar al proyecto inicial ni dañar derechos de terceros.
- Las modificaciones deben ser excepcionales y no motivadas por oportunidad o conveniencia.
Documentación a presentar
- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
- Fotografías donde conste el cartel de obra, antes y después de iniciar la obra
- Documentación que acredite la finalización del proyecto
- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
- Relación clasificada de los gastos de la actividad con identificación del acreedor y documento
- Facturas originales o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia
- Declaración responsable en relación a la documentación de la justificación firmada
- Carta de pago de reintegro en caso de remanentes no aplicados
- Los tres presupuestos solicitados por el beneficiario
- El detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
- El informe que justifica la modificación debe incluir los motivos del cambio, cumplimiento de requisitos y satisfacción del interés general.
Condiciones económicas
El pago se realizará como anticipado y no podrá realizarse en efectivo por operaciones superiores a 1.000 euros.; El beneficiario debe justificar el 100% del gasto realizado en un plazo de tres meses después de finalizar la ejecución. La subvención es compatible con otras ayudas pero no puede superar el coste total de la actividad.; La modificación técnica puede reducir o aumentar las aportaciones presupuestarias proporcionalmente. Las subcontrataciones no deben superar el 50% del importe de la actividad subvencionada y deben añadir valor.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.