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Subvención para redacción y elaboración de planeamiento urbanístico en La Rioja

AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE POLÍTICA LOCAL, INFRAESTRUCTURAS Y LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN
Denominación oficial (BDNS): Subvención para redacción y elaboración de planeamiento urbanístico
Resumen: Es una subvención que financía proyectos de planificación urbana. Está dirigida a entidades públicas o privadas que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia la redacción y elaboración de planeamientos urbanísticos en La Rioja

A quién va dirigida

Entidades públicas o privadas sin actividad económica propia, como ayuntamientos o asociaciones

Requisitos

  • Disponer de una población máxima de 5.000 habitantes
  • Haber redactado o aprobado alguno de los documentos integrantes del instrumento de planeamiento urbanístico

Gastos subvencionables

  • Redacción de Plan General Municipal en su primera adopción
  • Revisión de Plan General Municipal
  • Planes Especiales (Protección, Infraestructuras, Reforma Interior)
  • Planes Parciales de iniciativa, gestión y ejecución pública

Criterios de valoración

  • Precios máximos establecidos para los documentos técnicos y estudios complementarios
  • Superficie urbana del municipio
  • Complejidad técnica de los estudios necesarios

Documentación a presentar

  • Certificación del acuerdo municipal adoptado por el Pleno o Asamblea Vecinal solicitando la subvención
  • Documentos técnicos aprobados inicialmente, provisionalmente y definitivamente
  • Informes sectoriales favorables
  • Ficheros georrefenciados (.SHP, .DXF, Geojson Geopackage)

Condiciones económicas

La cuantía máxima no podrá exceder el 80% del gasto subvencionable y no puede superar los 50.000 euros para Planes Generales Municipales y 25.000 euros para Planes Parciales y Especiales.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades públicas o privadas sin actividad económica propia, como ayuntamientos o asociaciones
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. La cuantía máxima no podrá exceder el 80% del gasto subvencionable y no puede superar los 50.000 euros para Planes Generales Municipales y 25.000 euros para Planes Parciales y Especiales.. Presupuesto total: 100.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente al de la publicación en el BOR del extracto de la convocatoria. Fin: 4 meses desde el día siguiente a la publicación extracto convocatoria.

Fuente oficial

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