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Subvención para redacción y elaboración de planeamiento urbanístico en La Rioja
AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE POLÍTICA LOCAL, INFRAESTRUCTURAS Y LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN
Denominación oficial (BDNS): Subvención para redacción y elaboración de planeamiento urbanístico
Resumen: Es una subvención que financía proyectos de planificación urbana. Está dirigida a entidades públicas o privadas que no desarrollan actividad económica.
Qué financia
Financia la redacción y elaboración de planeamientos urbanísticos en La Rioja
A quién va dirigida
Entidades públicas o privadas sin actividad económica propia, como ayuntamientos o asociaciones
Requisitos
- Disponer de una población máxima de 5.000 habitantes
- Haber redactado o aprobado alguno de los documentos integrantes del instrumento de planeamiento urbanístico
Gastos subvencionables
- Redacción de Plan General Municipal en su primera adopción
- Revisión de Plan General Municipal
- Planes Especiales (Protección, Infraestructuras, Reforma Interior)
- Planes Parciales de iniciativa, gestión y ejecución pública
Criterios de valoración
- Precios máximos establecidos para los documentos técnicos y estudios complementarios
- Superficie urbana del municipio
- Complejidad técnica de los estudios necesarios
Documentación a presentar
- Certificación del acuerdo municipal adoptado por el Pleno o Asamblea Vecinal solicitando la subvención
- Documentos técnicos aprobados inicialmente, provisionalmente y definitivamente
- Informes sectoriales favorables
- Ficheros georrefenciados (.SHP, .DXF, Geojson Geopackage)
Condiciones económicas
La cuantía máxima no podrá exceder el 80% del gasto subvencionable y no puede superar los 50.000 euros para Planes Generales Municipales y 25.000 euros para Planes Parciales y Especiales.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades públicas o privadas sin actividad económica propia, como ayuntamientos o asociaciones
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. La cuantía máxima no podrá exceder el 80% del gasto subvencionable y no puede superar los 50.000 euros para Planes Generales Municipales y 25.000 euros para Planes Parciales y Especiales.. Presupuesto total: 100.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente al de la publicación en el BOR del extracto de la convocatoria. Fin: 4 meses desde el día siguiente a la publicación extracto convocatoria.
Fuente oficial
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