Resumen: Es una subvención destinada a la reparación de averías en el suministro de agua potable. Está dirigida a entidades locales que no desarrollan actividad económica.
Qué financia
Financia la reparación de averías en infraestructuras de agua potable
A quién va dirigida
Ayuntamientos y otras entidades locales sin actividad económica propia
Requisitos
Cumplimiento de los requisitos preceptivos para adquirir la condición de beneficiario conforme a la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No tener pendiente de justificar la aplicación de fondos recibidos.
Gastos subvencionables
Gastos derivados de la realización de la obra «AVERÍAS AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO».
Documentación a presentar
Instancia conforme al modelo del Anexo II de la Ordenanza General de Subvenciones.
Certificado conforme al modelo del Anexo III, acreditativo de los fondos aplicados y no haber recibido otras subvenciones o ayudas para el mismo destino.
Índice numerado de justificantes con copias compulsadas de facturas derivadas de la obra.
Acreditación de la totalidad del importe del proyecto objeto de subvención.
Certificado del Secretario-Interventor sobre la adjudicación de la obra.
Condiciones económicas
El importe máximo es fijo y no hay tope de gasto subvencionable específico; el plazo de justificación es hasta el 30/10/2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Ayuntamientos y otras entidades locales sin actividad económica propia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 5.301,28 €. El importe máximo es fijo y no hay tope de gasto subvencionable específico; el plazo de justificación es hasta el 30/10/2026.. Presupuesto total: 5.301 €
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