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Subvención para siembra de cultivos forrajeros en La Palma

LOCAL · CABILDO INSULAR DE LA PALMA · EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvención a la siembra de cultivos forrajeros (línea 3.2)
Resumen: Es una subvención que financía la siembra de cultivos forrajeros en La Palma. Está dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas relacionadas con agricultura.

Qué financia

Financia la siembra de cultivos forrajeros

A quién va dirigida

Pymes y particulares interesados en la agricultura de La Palma

Requisitos

  • Ser titular de explotaciones o tener disponibilidad de las mismas en La Palma.
  • Superficie productiva mínima de 0,2 ha por solicitud.
  • Destino principal del cultivo sea la alimentación animal.
  • Realización de la actuación subvencionable a partir del 1 de octubre de 2025.

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la siembra de forrajeras anuales tradicionales (arvejas, avena, cebada, centeno, chochos, habas, millo, trigo y otras forrajeras) destinadas principalmente a la alimentación animal.

Criterios de valoración

  • Cálculo por prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado.
  • Máximo de 300€/ha por titular de explotación, subvenciones inferiores a 60 € desestimadas.
  • Los criterios establecidos en las bases

Documentación a presentar

  • Anexo I (solicitud) que incluye declaración responsable de las subvenciones anteriores, declaración responsable de no hallarse en causas de prohibición, modelo de consentimiento expreso para consulta y verificación de datos, aceptación expresa de la subvención.
  • Anexo IV (apartado C) que incluye declaración responsable de titularidad de explotación, declaración jurada del destino principal del cultivo, cumplimiento de normativa relativa a higiene en producción primaria agrícola y uso de productos fitosanitarios.

Condiciones económicas

La subvención se calcula por prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado, sin que la cantidad a percibir por el titular de la correspondiente explotación pueda ser superior a los 300€/ha. Se desestimarán aquellas solicitudes a las que les corresponda una subvención inferior a 60 €.; La cuantía máxima puede verse incrementada con otros créditos sin nueva convocatoria. La subvención se otorga en proporción al coste real justificado, y el plazo de resolución es de seis meses.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y particulares interesados en la agricultura de La Palma
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 3.000 €. La subvención se calcula por prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado, sin que la cantidad a percibir por el titular de la correspondiente explotación pueda ser superior a los 300€/ha. Se desestimarán aquellas solicitudes a las que les corresponda una subvención inferior a 60 €.; La cuantía máxima puede verse incrementada con otros créditos sin nueva convocatoria. La subvención se otorga en proporción al coste real justificado, y el plazo de resolución es de seis meses.. Presupuesto total: 3.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. Fin: 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación extracto de convocatoria en el BOP.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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