Subvenciones de fomento de la Economía Social en Murcia
Qué financia
Fomentar el empleo mediante la apoyo financiero a actividades económicas sociales
A quién va dirigida
Pymes y trabajadores autónomos de Murcia
Requisitos
- Ser pequeñas y medianas empresas de economía social (Programas 1º, 2º y 3º).
- Ser organizaciones empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial (Programas 4º y 5º).
- No estar integradas ni asociadas a otras organizaciones empresariales de economía social.
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No tener deudas tributarias en período ejecutivo con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y seguridades sociales.
- Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.
- Cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, cuando las subvenciones sean superiores a 30.000 €.
- Cumplir todas las obligaciones recogidas en la Ley 8/2006 y el Código de Conducta en materia de subvenciones.
- No estar participadas por otras empresas privadas en cuantía superior al 25% del capital social, excepto si son de economía social o organizaciones empresariales de economía social.
- Las deudas estén suspendidas o garantizadas
- Cumplir con obligaciones tributarias y seguridad social
- Domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
- Cumplir plazos de pago previstos por la Ley 3/2004 para subvenciones superiores a 30.000 euros
- Cumplir obligaciones recogidas en la Ley 8/2006, entre otras, sobre sociedades cooperativas
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- Asumir el cumplimiento del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas
- Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria del programa correspondiente
- Justificar ante la Dirección General competente el cumplimiento de requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad
- Comunicar a la Dirección General cualquier subvención o ingreso que financie las actividades subvencionadas
Gastos subvencionables
- Gastos relacionados con la incorporación de socios trabajadores en empresas de economía social
Criterios de valoración
- Baremo aplicado por la Comisión de Valoración para evaluar las solicitudes
Documentación a presentar
- Documentación justificativa requerida para solicitar la subvención
- Libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
- Certificado de inscripción del Plan de Igualdad en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON)
Condiciones económicas
El gasto elegible total es de 2.300.000 € procedentes del MTES (200.000 €) y del FSE+ (2.100.000 €). La cuantía máxima de la subvención puede ser ampliada en una cuantía adicional de hasta 1.000.000 € sin nueva convocatoria.; Las ayudas están sujetas a un proceso competitivo, con una comisión de valoración que evalúa las solicitudes según un baremo. Las subvenciones se concederán hasta agotar los créditos disponibles.; Las subvenciones están sujetas a un régimen de 'mínimis' donde el importe total no excederá 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años para una única empresa.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.