Cerrada750.000 €

Subvenciones de fomento de la Economía Social en Murcia

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones de fomento de la Economía Social. Programa 2º Aportaciones en Economía Social.
Resumen: Este programa ofrece subvenciones para promover el empleo a través del desarrollo económico social. Está dirigido a pymes y personas físicas que operan en diversos sectores.

Qué financia

Fomentar el empleo mediante la apoyo financiero a actividades económicas sociales

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores autónomos de Murcia

Requisitos

  • Ser pequeñas y medianas empresas de economía social (Programas 1º, 2º y 3º).
  • Ser organizaciones empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial (Programas 4º y 5º).
  • No estar integradas ni asociadas a otras organizaciones empresariales de economía social.
  • Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • No tener deudas tributarias en período ejecutivo con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y seguridades sociales.
  • Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.
  • Cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, cuando las subvenciones sean superiores a 30.000 €.
  • Cumplir todas las obligaciones recogidas en la Ley 8/2006 y el Código de Conducta en materia de subvenciones.
  • No estar participadas por otras empresas privadas en cuantía superior al 25% del capital social, excepto si son de economía social o organizaciones empresariales de economía social.
  • Las deudas estén suspendidas o garantizadas
  • Cumplir con obligaciones tributarias y seguridad social
  • Domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
  • Cumplir plazos de pago previstos por la Ley 3/2004 para subvenciones superiores a 30.000 euros
  • Cumplir obligaciones recogidas en la Ley 8/2006, entre otras, sobre sociedades cooperativas
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Asumir el cumplimiento del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria del programa correspondiente
  • Justificar ante la Dirección General competente el cumplimiento de requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad
  • Comunicar a la Dirección General cualquier subvención o ingreso que financie las actividades subvencionadas

Gastos subvencionables

  • Gastos relacionados con la incorporación de socios trabajadores en empresas de economía social

Criterios de valoración

  • Baremo aplicado por la Comisión de Valoración para evaluar las solicitudes

Documentación a presentar

  • Documentación justificativa requerida para solicitar la subvención
  • Libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
  • Certificado de inscripción del Plan de Igualdad en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON)

Condiciones económicas

El gasto elegible total es de 2.300.000 € procedentes del MTES (200.000 €) y del FSE+ (2.100.000 €). La cuantía máxima de la subvención puede ser ampliada en una cuantía adicional de hasta 1.000.000 € sin nueva convocatoria.; Las ayudas están sujetas a un proceso competitivo, con una comisión de valoración que evalúa las solicitudes según un baremo. Las subvenciones se concederán hasta agotar los créditos disponibles.; Las subvenciones están sujetas a un régimen de 'mínimis' donde el importe total no excederá 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años para una única empresa.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores autónomos de Murcia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El gasto elegible total es de 2.300.000 € procedentes del MTES (200.000 €) y del FSE+ (2.100.000 €). La cuantía máxima de la subvención puede ser ampliada en una cuantía adicional de hasta 1.000.000 € sin nueva convocatoria.; Las ayudas están sujetas a un proceso competitivo, con una comisión de valoración que evalúa las solicitudes según un baremo. Las subvenciones se concederán hasta agotar los créditos disponibles.; Las subvenciones están sujetas a un régimen de 'mínimis' donde el importe total no excederá 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años para una única empresa.. Presupuesto total: 750.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Al día siguiente de la publicación del extracto. Fin: 13/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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