Subvenciones directas para el empleo en Canarias
Qué financia
Fomenta el empleo en Canarias
A quién va dirigida
Empresas sin actividad económica
Requisitos
- La entidad debe cumplir con los requisitos exigidos por la Ley 38/2003 de General de Subvenciones y el Decreto 36/2009.
- Cumplimiento del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020
- Acreditar las subvenciones concedidas en los dos ejercicios anteriores con justificación pendiente de comprobación
- Atender instrucciones y utilizar metodologías establecidas por el SCE y la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo
- No percibir retribución económica alguna a las personas participantes en las actividades desarrolladas
- Garantizar el principio de igualdad de oportunidades y promover la participación sostenible
- Someterse a comprobaciones y control realizadas por el SCE y otros órganos competentes
- Llevar un registro de gastos con documentos originales durante al menos tres años
- Identificar la prestación como subvencionada y aplicar sistemas de gestión y control
- Suministrar datos sobre los usuarios que han recibido servicios
Gastos subvencionables
- Servicios de orientación para el empleo recogidos en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.
- Otras actividades complementarias establecidas por el Servicio Canario de Empleo.
- Gastos subvencionables ajustados a lo establecido en el Capítulo III, Subsección 1ª de la Sección 1ª del Real Decreto 438/2024
- Costes anuales reales inferiores a los costes anuales estimados
- Costes directos e indirectos relacionados con la actividad subvencionada
- Gastos de viaje, desplazamientos, materiales producidos, difusión y publicidad
- Otros gastos lógicos de gestión
Criterios de valoración
- Cumplimiento de objetivos y ejecución de actividades fundamentadas en la concesión de subvención
- Realización de actividad y cumplimiento de requisitos establecidos
- Acreditar el coste total de la actividad subvencionada
Documentación a presentar
- Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos de la actividad objeto de la subvención.
- Declaración responsable de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Justificación de gastos imputados en el ejercicio anterior
- Libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
- Documentación relacionada con el proyecto
- Datos sobre los usuarios que han recibido servicios
- Memoria explicativa de actuaciones realizadas
- Documentos justificativos de gastos (certificación fiscalización, relación clasificada de gastos)
- Memoria económica abreviada
- Informe de auditoría emitido por un auditor independiente
- Certificación 'Fin de Proyecto'
Condiciones económicas
El pago se realizará mediante abono anticipado en cada ejercicio presupuestario del 100% del importe correspondiente a ese ejercicio.; El sistema de gestión económica, financiera y logística (SEFLOGIC) debe permitir los anticipos posteriores. Hay un tope de gastos subvencionables.; La subvención se aplica a gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, excepto por los costes del informe de auditoría. Los gastos deben ser razonables y estar registrados en la contabilidad.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.