Subvenciones para actividades deportivas y adquisición de material en Toledo
Qué financia
Financiación de actividades deportivas y adquisición de material deportivo no inventariable
A quién va dirigida
Organizaciones administrativas locales que gestionan espacios deportivos o realizan eventos deportivos en Toledo
Requisitos
- Ser Entidad Local u Organismo Autónomos Administrativos de la provincia de Toledo
- No tener una población superior a 50.000 habitantes
- Acreditar no estar incursa en prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- La entidad beneficiaria debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Debe estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No debe tener pendiente de justificar subvenciones o ayudas económicas fuera de los plazos establecidos.
- Presentar una solicitud escrita
- Justificación detallada de la necesidad de la subvención
Gastos subvencionables
- Gastos en material y vestuario deportivo
- Gastos de publicidad y merchandising
- Gastos de Arbitrajes (torneos, campeonatos, maratones y competiciones cuya duración no exceda de siete días)
- Gastos de organización de actividades deportivas realizados a través de empresas
- Gastos de seguros relacionados con las actividades deportivas
- Gastos por servicios médicos y sanitarios prestados para la realización de la actividad deportiva
- Gastos de avituallamiento de los participantes del evento deportivo (provisión y abastecimiento de elementos sólidos, agua o bebidas isotónicas con los que puedan rehidratarse los deportistas participantes)
- Gastos en trofeos y medallas
- Gastos de transporte de material específico y necesario para el desarrollo de la actividad
- Gastos en material deportivo no inventariable (precio unitario igual o inferior a 600 euros, IVA incluido)
- Gastos de avituallamiento de los participantes
- Gastos de transporte de material específico para el desarrollo de la actividad
- Gastos en material deportivo no inventariable
Criterios de valoración
- Un 60% del crédito se reparte linealmente entre todos los beneficiarios.
- Un 40 % del crédito se reparte proporcionalmente en función del número de habitantes de cada municipio solicitante.
Documentación a presentar
- Proyecto y presupuesto de actividades deportivas
- Declaración responsable de otras subvenciones o ayudas y sus importes
- Solicitud del pago de la subvención, suscrita por Alcalde/sa o Presidente/a de la Entidad Local u Organismo Autónomo Administrativo beneficiario
- Declaración responsable de que el importe de la subvención no supera el gasto realizado con destino a éste
- Cuenta justificativa certificada por la Secretaría/Intervención de la Entidad beneficiaria
- Memoria de actividades
- Proyecto detallado del evento y presupuesto de ingresos y gastos.
- Declaración responsable de otras subvenciones o ayudas y sus importes, solicitadas u obtenidas para la misma finalidad.
Condiciones económicas
El reparto del crédito se realiza en función de la población de los municipios solicitantes: un 60% se distribuye linealmente entre todos los beneficiarios, y un 40% proporcionalmente al número de habitantes.; El material deportivo debe estar homologado y tener un precio unitario igual o inferior a 600 euros, IVA incluido.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.