Subvenciones para actividades medioambientales y bienestar animal en Getafe
LOCAL · GETAFE · AYUNTAMIENTO DE GETAFE
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas para financiar gastos llevados a cabo en actividades medioambientales y de bienestar animal para 2026
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas para financiar gastos relacionados con actividades medioambientales y el bienestar animal. Está dirigida al ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Qué financia
Financia gastos en actividades medioambientales y bienestar animal
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro, agrupaciones de personas físicas
Requisitos
Ser entidad sin ánimo de lucro o agrupación de personas físicas
Realizar actividades medioambientales y de bienestar animal
Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe (para entidades jurídicas)
Tener al menos tres miembros y un representante empadronado en Getafe (para agrupaciones de personas físicas)
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones
No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Getafe
Cumplir con las normativas sobre protección jurídica del menor y voluntariado si participan menores en los proyectos
Alcanzar una puntuación mínima de 10 puntos en el sistema de valoración
Cumplir con las obligaciones establecidas para los beneficiarios
Gastos subvencionables
Adquisición de material fungible, oficina y papelería
Materiales o suministros no inventariables para actividades y campañas de publicidad
Materiales inventariables con un gasto imputable máximo del 20% del importe total a conceder en la subvención
Material único uso en recuperación del entorno o concienciación medioambiental/bienestar animal
Gastos de desplazamiento en transporte público o autobús contratado con empresa privada
Gastos de personal con relación laboral y servicios profesionales/expertos
Criterios de valoración
Representatividad o número de personas integrantes (hasta 3 puntos)
Antigüedad de la entidad o agrupación (hasta 3 puntos)
Calidad técnica y viabilidad del proyecto (hasta 14 puntos)
Eficacia y eficiencia (hasta 14 puntos)
Participación comunitaria y número de destinatarios (hasta 16 puntos)
Sistema de valoración por hasta 16 puntos
Documentación a presentar
Solicitud de subvención cumplimentada
Memoria técnica y económica del proyecto
Certificado de la Secretaría acreditativo de representación, composición de la Junta Directiva y características sustanciales de la entidad
Declaraciones responsables del representante legal
Fotocopia del NIF/NIE de la persona jurídica o representante
Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal
Memoria justificativa técnica y económica del proyecto
Facturas o documentos de valor probatorio equivalente
Certificado del representante legal
Condiciones económicas
La subvención se otorga hasta un máximo de 3.000 euros por solicitud, con una distribución basada en la puntuación obtenida según los criterios establecidos.; El pago se realiza en dos partes: un 50% anticipado y el restante después de la justificación completa; no procederá la exigencia de garantías.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro, agrupaciones de personas físicas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 3.000 €. La subvención se otorga hasta un máximo de 3.000 euros por solicitud, con una distribución basada en la puntuación obtenida según los criterios establecidos.; El pago se realiza en dos partes: un 50% anticipado y el restante después de la justificación completa; no procederá la exigencia de garantías.. Presupuesto total: 10.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 20 DÍAS HÁBILES DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN EL BOCM. Fin: FIN 20 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE A PUBLICACIÓN EN EL BOCM.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.
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