● Abierta1.000.000 €

Subvenciones para actuaciones de emergencia en infraestructuras municipales de Burgos

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE BURGOS · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de actuaciones de urgencia y emergencia en bienes, infraestructuras e instalaciones municipales de la provincia de Burgos, años 2026 y 2027. (CUyE Agua/2026)
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones para mejorar bienes, infraestructuras e instalaciones municipales en Burgos. Está dirigida a entidades locales sin actividad económica.

Qué financia

Financiar actuaciones de urgencia y emergencia en infraestructuras municipales

A quién va dirigida

Entidades locales que no desarrollan actividades económicas, como ayuntamientos o asociaciones comunitarias

Requisitos

  • Ser Entidad Local de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes
  • No estar en prohibiciones para ser beneficiario y estar al corriente con obligaciones tributarias y de seguridad social
  • Comprometer una financiación propia mínima del 20% del presupuesto total de la actuación
  • Identificar la infraestructura hidráulica afectada y su incidencia
  • Población empadronada según cifra oficial de INE a 1 de enero de 2025
  • Estado de ejecución de las obras o actuaciones
  • Plano de situación de la actuación
  • Presupuesto detallado con indicación de mediciones, precios unitarios e importes
  • Documentación gráfica o técnica acreditativa de la incidencia
  • Certificado de aprobación municipal del documento técnico correspondiente
  • Declaración Jurada según Anexo II
  • Declaración responsable de ayudas según Anexo III
  • Certificado de la Secretaría de la Entidad Local
  • La actuación debe ser de urgencia o emergencia debidamente acreditada
  • No se pueden solicitar reparaciones, renovaciones o reposiciones por obsolescencia, antigüedad o falta de mantenimiento sin un hecho sobrevenido determinante de la urgencia
  • Las actuaciones deben estar relacionadas con bienes, infraestructuras, instalaciones o equipamientos de titularidad municipal o afectos a servicios públicos locales

Gastos subvencionables

  • Reparación urgente de infraestructuras municipales dañadas por hundimientos, desprendimientos, derrumbes, avenidas, temporales, incendios, heladas, roturas, accidentes u otros hechos sobrevenidos
  • Obras necesarias para restablecer la seguridad en vías públicas, caminos municipales, muros, taludes, escaleras, accesos, plazas, espacios públicos, edificios municipales u otros bienes de uso o servicio público
  • Reparaciones urgentes en edificios, instalaciones o equipamientos municipales cuando exista riesgo para las personas, imposibilidad de uso, afección relevante al servicio público o necesidad de intervención inmediata
  • Actuaciones urgentes vinculadas al ciclo integral del agua
  • Gastos relacionados con actuaciones urgentes o de emergencia vinculadas al ciclo integral del agua
  • Actuaciones que afecten a la seguridad de personas, bienes o espacios públicos municipales
  • Restablecimiento de la prestación de un servicio público local
  • Reparaciones o reposiciones necesarias en edificios, dependencias, instalaciones o equipamientos municipales
  • Gastos e inversiones que respondan a la naturaleza de la actuación de urgencia/emergencia
  • Los gastos deben ser estrictamente necesarios para su ejecución y realizados dentro del periodo subvencionable fijado en la convocatoria

Criterios de valoración

  • Tipología y estado de preparación o ejecución de la actuación (hasta 11 puntos)
  • Esfuerzo de cofinanciación municipal (hasta 5 puntos)
  • Tamaño poblacional de la Entidad Local solicitante (hasta 5 puntos)
  • Relevancia del bien, infraestructura, instalación, equipamiento o servicio público municipal afectado (hasta 5 puntos)
  • Inviabilidad o inidoneidad técnica de la solución propuesta
  • Sobredimensionamiento o infradimensionamiento manifiesto
  • Falta de proporcionalidad entre la actuación y la situación de urgencia
  • Precios no habituales de mercado

Documentación a presentar

  • Memoria o informe técnico con descripción de la actuación, motivación de la situación de urgencia, estado actual del bien afectado, población empadronada, estado de ejecución de las obras, plano de situación y presupuesto detallado
  • Documentación gráfica o técnica acreditativa de la incidencia
  • Certificado de aprobación municipal del documento técnico correspondiente
  • Plano de situación
  • Presupuesto detallado
  • Documentación gráfica o técnica acreditativa
  • Certificado de aprobación municipal
  • Declaración Jurada
  • Declaración responsable de ayudas
  • Certificado de la Secretaría de la Entidad Local
  • Cuenta justificativa simplificada
  • Memoria valorada/documento técnico aprobado
  • Contratos menores o procedimientos de adjudicación según el importe del gasto subvencionable
  • Declaración responsable asociada a la aceptación y acreditación previa al pago

Condiciones económicas

La subvención se otorga en dos procedimientos de selección, con un presupuesto máximo de 1.000.000 € distribuido entre los años 2026 y 2027. La financiación propia mínima es del 20%.; La subvención se otorga según una matriz de puntos con un máximo de 26 puntos. La financiación propia debe ser al menos el 20% del presupuesto total.; La subvención está condicionada por un presupuesto total inferior a 2.000 euros, una cofinanciación propia comprometida inferior al 20%, y no puede superar el límite máximo acumulado en ambos procedimientos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades locales que no desarrollan actividades económicas, como ayuntamientos o asociaciones comunitarias
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 15.000 €. La subvención se otorga en dos procedimientos de selección, con un presupuesto máximo de 1.000.000 € distribuido entre los años 2026 y 2027. La financiación propia mínima es del 20%.; La subvención se otorga según una matriz de puntos con un máximo de 26 puntos. La financiación propia debe ser al menos el 20% del presupuesto total.; La subvención está condicionada por un presupuesto total inferior a 2.000 euros, una cofinanciación propia comprometida inferior al 20%, y no puede superar el límite máximo acumulado en ambos procedimientos.. Presupuesto total: 1.000.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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