Subvenciones para actuaciones de emergencia en infraestructuras municipales de Burgos
Qué financia
Financiar actuaciones de urgencia y emergencia en infraestructuras municipales
A quién va dirigida
Entidades locales que no desarrollan actividades económicas, como ayuntamientos o asociaciones comunitarias
Requisitos
- Ser Entidad Local de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes
- No estar en prohibiciones para ser beneficiario y estar al corriente con obligaciones tributarias y de seguridad social
- Comprometer una financiación propia mínima del 20% del presupuesto total de la actuación
- Identificar la infraestructura hidráulica afectada y su incidencia
- Población empadronada según cifra oficial de INE a 1 de enero de 2025
- Estado de ejecución de las obras o actuaciones
- Plano de situación de la actuación
- Presupuesto detallado con indicación de mediciones, precios unitarios e importes
- Documentación gráfica o técnica acreditativa de la incidencia
- Certificado de aprobación municipal del documento técnico correspondiente
- Declaración Jurada según Anexo II
- Declaración responsable de ayudas según Anexo III
- Certificado de la Secretaría de la Entidad Local
- La actuación debe ser de urgencia o emergencia debidamente acreditada
- No se pueden solicitar reparaciones, renovaciones o reposiciones por obsolescencia, antigüedad o falta de mantenimiento sin un hecho sobrevenido determinante de la urgencia
- Las actuaciones deben estar relacionadas con bienes, infraestructuras, instalaciones o equipamientos de titularidad municipal o afectos a servicios públicos locales
Gastos subvencionables
- Reparación urgente de infraestructuras municipales dañadas por hundimientos, desprendimientos, derrumbes, avenidas, temporales, incendios, heladas, roturas, accidentes u otros hechos sobrevenidos
- Obras necesarias para restablecer la seguridad en vías públicas, caminos municipales, muros, taludes, escaleras, accesos, plazas, espacios públicos, edificios municipales u otros bienes de uso o servicio público
- Reparaciones urgentes en edificios, instalaciones o equipamientos municipales cuando exista riesgo para las personas, imposibilidad de uso, afección relevante al servicio público o necesidad de intervención inmediata
- Actuaciones urgentes vinculadas al ciclo integral del agua
- Gastos relacionados con actuaciones urgentes o de emergencia vinculadas al ciclo integral del agua
- Actuaciones que afecten a la seguridad de personas, bienes o espacios públicos municipales
- Restablecimiento de la prestación de un servicio público local
- Reparaciones o reposiciones necesarias en edificios, dependencias, instalaciones o equipamientos municipales
- Gastos e inversiones que respondan a la naturaleza de la actuación de urgencia/emergencia
- Los gastos deben ser estrictamente necesarios para su ejecución y realizados dentro del periodo subvencionable fijado en la convocatoria
Criterios de valoración
- Tipología y estado de preparación o ejecución de la actuación (hasta 11 puntos)
- Esfuerzo de cofinanciación municipal (hasta 5 puntos)
- Tamaño poblacional de la Entidad Local solicitante (hasta 5 puntos)
- Relevancia del bien, infraestructura, instalación, equipamiento o servicio público municipal afectado (hasta 5 puntos)
- Inviabilidad o inidoneidad técnica de la solución propuesta
- Sobredimensionamiento o infradimensionamiento manifiesto
- Falta de proporcionalidad entre la actuación y la situación de urgencia
- Precios no habituales de mercado
Documentación a presentar
- Memoria o informe técnico con descripción de la actuación, motivación de la situación de urgencia, estado actual del bien afectado, población empadronada, estado de ejecución de las obras, plano de situación y presupuesto detallado
- Documentación gráfica o técnica acreditativa de la incidencia
- Certificado de aprobación municipal del documento técnico correspondiente
- Plano de situación
- Presupuesto detallado
- Documentación gráfica o técnica acreditativa
- Certificado de aprobación municipal
- Declaración Jurada
- Declaración responsable de ayudas
- Certificado de la Secretaría de la Entidad Local
- Cuenta justificativa simplificada
- Memoria valorada/documento técnico aprobado
- Contratos menores o procedimientos de adjudicación según el importe del gasto subvencionable
- Declaración responsable asociada a la aceptación y acreditación previa al pago
Condiciones económicas
La subvención se otorga en dos procedimientos de selección, con un presupuesto máximo de 1.000.000 € distribuido entre los años 2026 y 2027. La financiación propia mínima es del 20%.; La subvención se otorga según una matriz de puntos con un máximo de 26 puntos. La financiación propia debe ser al menos el 20% del presupuesto total.; La subvención está condicionada por un presupuesto total inferior a 2.000 euros, una cofinanciación propia comprometida inferior al 20%, y no puede superar el límite máximo acumulado en ambos procedimientos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.