Cerrada50% del coste200.000 €

Subvenciones para alquiler de vivienda a jóvenes en Getxo

LOCAL · GETXO · AYUNTAMIENTO DE GETXO
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvenciones al alquiler de vivienda para jóvenes en Getxo durante los años 2025 y 2026
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones para ayudar a jóvenes a acceder al alquiler de viviendas en Getxo. Está dirigida a personas físicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia el alquiler de viviendas para jóvenes

A quién va dirigida

Jóvenes que buscan vivir en Getxo y no tienen ingresos propios

Requisitos

  • Tener entre 18 y 35 años
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento formalizado en Getxo
  • No tener vivienda propia, derecho de superficie o usufructo
  • Cumplir con los ingresos mínimos anuales
  • No tener vínculos familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora
  • No disfrutar de ayudas o subvenciones de alquiler de vivienda otorgadas por otras entidades
  • No estar en una vivienda de protección pública en arrendamiento
  • No tener una vivienda privada en arrendamiento a través del Programa ASAP o Bizigune
  • No percibir RGI, IMV ni otras rentas de políticas de inserción social
  • No recibir prestación complementaria de vivienda (PCV), prestación económica de vivienda (PEV) u otras ayudas municipales para cubrir gastos de alquiler
  • No recibir ayudas de emergencia social relacionadas con los gastos de alquiler
  • Certificado de titularidad de cuenta corriente del solicitante

Gastos subvencionables

  • Alquiler

Criterios de valoración

  • Ingresos superiores a 3.000 euros anuales en el año fiscal 2024
  • No tener vínculos familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora
  • Ingresos acreditar corresponden al 50% del matrimonio o pareja de hecho en caso de separación, divorcio o fallecimiento
  • Restar anualidades por alimentos y pensiones compensatorias
  • % GASTOS ARRENDAMIENTO según TRAMOS INGRESOS PONDERADOS
  • Cuantía máxima mensuales a conceder para un período máximo de 12 meses

Documentación a presentar

  • Copia del contrato de trabajo
  • Justificantes bancarios de ingreso o pago de salarios
  • Soldaten ordainagirien (nominen) kopia, enplegu-emaileak sinatuta
  • Enplegu-emailearen edo emaileen zinpeko aitorpena, soldaten kopuruari buruzkoa
  • Libro de familia (si existen menores)
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento firmado por la/s persona/as titular/es
  • Justificante de los abonos de la renta mediante transferencia bancaria
  • Certificado emitido por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad acreditativo de que la persona solicitante no es titular de vivienda
  • Egiaztagiria de dirusarreren egiaztagiria
  • Certificado de ingresos
  • Declaración responsable
  • Certificado que acredite la titularidad de la cuenta corriente del solicitante
  • DNI y datos personales completos
  • Contrato de arrendamiento con fecha, valor y titulares

Condiciones económicas

La subvención se otorgará en función de la duración del contrato, el tiempo que esté vigente durante el período de subvención y las condiciones económicas del solicitante. Se considera un ingreso mínimo anual de 3.000 euros para los solicitantes.; Los ingresos acreditar corresponden al 50% del matrimonio o pareja de hecho en caso de separación, divorcio o fallecimiento. Se restan anualidades por alimentos y pensiones compensatorias.; La subvención se calcula según el tramo de ingresos ponderados y puede superar las cantidades establecidas si la renta mensual está entre 1.101 euros y 1.500 euros.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Jóvenes que buscan vivir en Getxo y no tienen ingresos propios
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 200.000 €. La subvención se otorgará en función de la duración del contrato, el tiempo que esté vigente durante el período de subvención y las condiciones económicas del solicitante. Se considera un ingreso mínimo anual de 3.000 euros para los solicitantes.; Los ingresos acreditar corresponden al 50% del matrimonio o pareja de hecho en caso de separación, divorcio o fallecimiento. Se restan anualidades por alimentos y pensiones compensatorias.; La subvención se calcula según el tramo de ingresos ponderados y puede superar las cantidades establecidas si la renta mensual está entre 1.101 euros y 1.500 euros.. Presupuesto total: 200.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/06/2026. Fin: 30/06/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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