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Subvenciones para asociaciones profesionales de guardias civiles

ESTADO · MINISTERIO DEL INTERIOR · D.G. DE LA GUARDIA CIVIL
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 19 de mayo de 2026, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2026
Resumen: Convocatoria competitiva por parte del Ministerio del Interior para financiar actividades relacionadas con la seguridad ciudadana e instituciones penitenciarias.

Qué financia

Financiación de actividades de las asociaciones profesionales de guardias civiles.

A quién va dirigida

Asociaciones profesionales de guardias civiles

Requisitos

  • Estar inscrita en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles
  • Alcanzar cierto grado de implantación efectiva entre los miembros de la Guardia Civil
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley 38/2003
  • La asociación debe estar inscrita en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles
  • Presentar la documentación requerida, incluyendo certificaciones tributarias y de seguridad social
  • Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003 de General de Subvenciones
  • La actividad debe ser profesional
  • El contenido debe tener interés general
  • Las publicaciones deben realizarse periódicamente
  • La página web debe estar operativa y actualizada

Gastos subvencionables

  • Organización y funcionamiento de las asociaciones profesionales
  • Actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Guardia Civil y la vida asociativa
  • Gastos de organización y funcionamiento de la Asociación
  • Actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Guardia Civil y vida asociativa
  • Representatividad en relación con las candidaturas presentadas a las últimas elecciones al Consejo

Criterios de valoración

  • Criterios dispuestos en el artículo 8.1 de la Orden INT/1715/2013 para la modalidad de organización y funcionamiento
  • Catálogo y baremo de actividades recogido en el Anexo E de la Orden INT/1715/2013 para la modalidad de actividades de interés
  • Catálogo y baremo de actividades subvencionables (anexo E)
  • Puntaje máximo de 110 puntos

Documentación a presentar

  • Documento acreditativo de identidad del solicitante
  • Declaración por cumplimiento de obligaciones impuestas por la Ley 38/2003
  • Acreditación de estar al corriente de tributarias y Seguridad Social
  • Justificación de no estar incursa en circunstancias que inhabilitan para obtener subvención
  • Declaración de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones
  • Documento notarial acreditativo del número de guardias civiles asociados
  • Identificativa del representante legal
  • Certificaciones tributarias y de seguridad social
  • Documentos justificativos de gastos
  • Memorias económicas y de actuación

Condiciones económicas

La subvención se distribuye según modalidades: 60% para organización y funcionamiento, 20% para actividades de interés, y 20% por representatividad en el Consejo de la Guardia Civil.; La cuantía máxima de la subvención no puede superar el coste total de la actividad a desarrollar. Las solicitudes serán evaluadas según un catálogo y baremo que otorga puntos por diferentes actividades.; El valor máximo por actividad es limitado a 60 puntos para las publicaciones periódicas y 50 puntos para la página web, con un límite total de 110 puntos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones profesionales de guardias civiles
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 237.300 €. La subvención se distribuye según modalidades: 60% para organización y funcionamiento, 20% para actividades de interés, y 20% por representatividad en el Consejo de la Guardia Civil.; La cuantía máxima de la subvención no puede superar el coste total de la actividad a desarrollar. Las solicitudes serán evaluadas según un catálogo y baremo que otorga puntos por diferentes actividades.; El valor máximo por actividad es limitado a 60 puntos para las publicaciones periódicas y 50 puntos para la página web, con un límite total de 110 puntos.. Presupuesto total: 237.300 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE . Fin: Diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en BOE del extracto de convocatoria.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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