Subvenciones para asociaciones vecinales en Barbadás
LOCAL · BARBADÁS · AYUNTAMIENTO DE BARBADÁS
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones a las asociaciones vecinales inscritas en el registro municipal de asociaciones del ayuntamiento de Barbadás, anualidad 2026
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones anuales a asociaciones vecinales inscritas en el ayuntamiento de Barbadás. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro que realizan servicios sociales y promoción social.
Qué financia
Financia actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, así como otros servicios comunitarios
A quién va dirigida
Asociaciones vecinales inscritas en el registro municipal de Barbadás que no desarrollan actividad económica
Requisitos
Ser una Asociación de carácter vecinal
Tener el domicilio social en Barbadás
Realizar actividades de intereses municipales
Figurar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Barbadás
Carecer de fines de lucro
No ser beneficiario de otras subvenciones o ayudas del Ayuntamiento en el mismo ejercicio
Las actividades no deben tener carácter personal ni estar relacionadas con tributos municipales, tabaco o alcohol
No tener pendientes de ingreso responsabilidades civiles derivadas de delito contra la Hacienda Pública declaradas por sentencia firme.
Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
No tener deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones, salvo que sean aplazadas o acordadas su suspensión.
No ser incursado en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios de subvenciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
No estar condenada a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o por delitos específicos.
No solicitar declaración de concurso voluntario ni ser declarado insolvente en procedimientos, salvo que se adquiera un convenio.
No dar lugar a resolución firme de contrato celebrado con la Administración.
No estar incursa en supuestos de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o cargos electivos regulados.
No ser sancionado con pérdida de posibilidad de obtener subvenciones.
No estar en situación que pueda presumirse continuación o derivada de otras entidades con prohibiciones para obtener subvenciones.
No estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica 1/2002, del Derecho de Asociación.
No percibir o solicitar ayudas incompatibles con la subvención solicitada.
Gastos subvencionables
Prestación de servicios de información, comunicación y divulgación
Formación (talleres, cursos, charlas)
Participación de la ciudadanía (debates, mesas redondas)
Actividades sociales (eventos culturales y deportivos)
Gastos de organización y desarrollo de actividades culturales específicas
Gastos gastronómicos para Carnaval, Magosto, Fiestas Patronales y otras fiestas relevantes
Documentación a presentar
Proyecto a realizar
Certificado del secretario/a de la entidad
Declaración responsable de cumplimiento tributario
DNI-NIF/NIE del representante
Acreditación de la representación si procede
Declaración de actividades realizadas con subvención y desglose de gastos
Facturas electrónicas o copias digitalizadas de facturas originales en papel acompañadas de justificantes de pago
Condiciones económicas
El importe máximo puede prorratearse entre varios beneficiarios si el número total supera el presupuesto global, según la disponibilidad del mismo.; El proyecto debe estar justificado en su totalidad, no se subvencionan inversiones reales, solo gastos de gastronómicos para ciertas celebraciones.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones vecinales inscritas en el registro municipal de Barbadás que no desarrollan actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 2.000 € por solicitud. El importe máximo puede prorratearse entre varios beneficiarios si el número total supera el presupuesto global, según la disponibilidad del mismo.; El proyecto debe estar justificado en su totalidad, no se subvencionan inversiones reales, solo gastos de gastronómicos para ciertas celebraciones.. Presupuesto total: 16.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Al día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense. Fin: Décimo día hábil a partir del día siguiente al de la publicación.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.
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