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Subvenciones para autónomos y microempresas en municipios pequeños de Cuenca

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CUENCA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones destinadas a personas trabajadoras autónomas y microempresas de municipios de la provincia de cuenca de menos de 5.000 habitantes, para subvencionar la realización de actuaciones de inversión. ejercicio 2026
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones a personas trabajadoras autónomas y microempresas en municipios con menos de 5.000 habitantes, financiadas por la Diputación Provincial de Cuenca.

Qué financia

Financia actuaciones de inversión para fomentar el empleo

A quién va dirigida

Autónomos y microempresas en municipios pequeños de la provincia de Cuenca

Requisitos

  • Desarrollar actividad económica desde el 1 de enero de 2025
  • Domicilio fiscal y establecimiento principal en un municipio de Cuenca con menos de 5.000 habitantes
  • Ser persona trabajadora autónoma o microempresa
  • Desarrollar una actividad empresarial en un municipio de la provincia de Cuenca con población inferior a 5.000 habitantes
  • Al menos una actividad debe ser ejercida por el solicitante o familiar de primer grado desde el 1 de enero de 2025
  • No tener deuda pendiente con AEAT ni Seguridad Social
  • Estar autorizado por el Ayuntamiento del municipio (si es preciso)
  • Presentar la solicitud junto con los Anexos II y III, debidamente cumplimentados
  • Aportar en plazo la documentación requerida para completar el expediente
  • No ocultar o falsificar datos relevantes
  • Comunicar al órgano concedente hechos que afecten a la actividad subvencionable

Gastos subvencionables

  • Inversiones en inmovilizado material realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, con valor individual igual o superior a 500 € (IVA excluido)
  • Instalaciones técnicas
  • Maquinaria
  • Utillaje
  • Otras instalaciones
  • Mobiliario
  • Equipos para procesos de información
  • Elementos de transporte
  • Otros inmovilizado material

Criterios de valoración

  • Orden de presentación de las solicitudes
  • Tope máximo de subvención en función del personal empleado
  • Disponibilidad presupuestaria hasta su agotamiento
  • La comprobación de los datos y la emisión de informes por parte de la Comisión de Valoración
  • El análisis de las solicitudes según criterios de valoración establecidos en la Convocatoria

Documentación a presentar

  • Copia del NIF / CIF del solicitante
  • Otorgamiento de Representación (si es necesario)
  • Certificado Censal de alta en Actividades Económicas
  • Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta
  • Licencia de actividad en vigor o solicitud de petición de licencia
  • Certificados de encontrarse al corriente de pagos con AEAT y Seguridad Social
  • Ficha de tercero actualizada
  • Ficha de Terceros debidamente cumplimentado y sellada por la entidad bancaria
  • Documentos requeridos para completar el expediente, incluyendo facturas, justificantes de pago y memoria de actuación

Condiciones económicas

El importe individualizado se determina según el número de trabajadores contratados, con un tope máximo de 4.000 € para empresas con entre 6 y 9 trabajadores.; El tope máximo de subvención depende del personal empleado, con un límite total de 700.000 € en el presupuesto.; La subvención se pagará una vez que se acredite que la actividad continúa en funcionamiento y no hay deudas con AEAT ni Seguridad Social. La justificación de la subvención se realiza con la presentación de solicitudes acompañadas de documentación.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Autónomos y microempresas en municipios pequeños de la provincia de Cuenca
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 4.000 €. El importe individualizado se determina según el número de trabajadores contratados, con un tope máximo de 4.000 € para empresas con entre 6 y 9 trabajadores.; El tope máximo de subvención depende del personal empleado, con un límite total de 700.000 € en el presupuesto.; La subvención se pagará una vez que se acredite que la actividad continúa en funcionamiento y no hay deudas con AEAT ni Seguridad Social. La justificación de la subvención se realiza con la presentación de solicitudes acompañadas de documentación.. Presupuesto total: 700.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Dia siguiente al inicio de la publicación en el B.O.P. Fin: El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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