Próximamente150.000 €

Subvenciones para comercios afectados por obras en Zaragoza

LOCAL · ZARAGOZA · AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de Subvenciones de comercios afectados por oobras 2026
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector del comercio al por menor, afectadas por obras en la ciudad de Zaragoza.

Qué financia

Financia ayudas económicas para pymes y individuos en el sector comercial afectados por obras urbanas.

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores autónomos que operan en el comercio al por menor en la ciudad de Zaragoza y han sido afectados por obras urbanas.

Requisitos

  • Ser titular de un establecimiento comercial minorista o de prestación de servicios personales en planta baja y con acceso directo a pie de calle
  • Desarrollar actividad económica durante el periodo de afección y acreditar un descenso en ingresos mínimo de 400 € por mes
  • Estar en situación de alta en los regímenes del Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Disponer de la correspondiente licencia municipal o declaración responsable
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y sociales, no tener deudas y no estar incurso en causas de prohibición
  • Presentar hasta cuatro solicitudes correspondientes a diferentes trimestres del 2025 y 2026
  • Acreditar un descenso en el nivel de ingresos mínimo de 400 euros por mes
  • Realizar pagos por gastos corrientes mensuales por un importe mínimo de 400 euros
  • Ser comercio afectado por obras de larga duración en las vías remarcadas.
  • Tener un establecimiento activo y estar al día con sus obligaciones tributarias.

Gastos subvencionables

  • Gasto corriente por un importe mínimo de 400 € mensuales (suministros, gastos de personal, arrendamientos)
  • Gastos corrientes por un importe mínimo de 400 euros por cada mes que solicite y le corresponda subvención

Criterios de valoración

  • Descenso de ingresos comparado con el mismo trimestre del año anterior
  • Realización de gasto corriente por un importe mínimo de 400 € mensuales

Documentación a presentar

  • Facturas o documentos que justifiquen la realización de gasto corriente
  • Documentos acreditativos del descenso en ingresos
  • Licencia municipal o declaración responsable
  • Declaraciones trimestrales de IRPF o IVA
  • Certificado de situación censal
  • Certificados actualizados de estar al corriente en obligaciones tributarias, seguridad social, hacienda comunitaria y ayuntamiento
  • Declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario
  • Documentación que acredite un descenso en el nivel de ingresos (modelos 303, 130 o 131)
  • Facturas o cualquier otro documento con validez en el tráfico jurídico mercantil para justificar gastos corrientes
  • Cuentas anuales del ejercicio correspondiente y relación nominal de trabajadores (para microempresas)
  • Libro de registro de ventas e ingresos, modelo 100 (para autónomos)
  • Certificado de situación censal de la AEAT
  • Documentación justificativa del descenso de nivel de ingresos (certificado profesional, modelos 303 o 130)
  • Facturas y/o documentos acreditativos de gasto corriente en los meses solicitados
  • Ficha de terceros

Condiciones económicas

La ayuda se calcula mensualmente basada en el descenso de ingresos y la realización de gasto corriente. La cuantía máxima es de 1200 € al trimestre.; El importe presupuestario máximo será el consignado en la cláusula tercera, sin perjuicio de incrementarse conforme a lo previsto en los artículos 20.b y 42.2 TRLSA.; No especificada

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores autónomos que operan en el comercio al por menor en la ciudad de Zaragoza y han sido afectados por obras urbanas.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 400 € por mes completo de afección. La ayuda se calcula mensualmente basada en el descenso de ingresos y la realización de gasto corriente. La cuantía máxima es de 1200 € al trimestre.; El importe presupuestario máximo será el consignado en la cláusula tercera, sin perjuicio de incrementarse conforme a lo previsto en los artículos 20.b y 42.2 TRLSA.; No especificada. Presupuesto total: 150.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 10/07/2026. Fin: 31/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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