Resumen: Es un programa de subvenciones del Ayuntamiento de Alcobendas destinado a pymes y particulares que operan en diversos sectores económicos.
Qué financia
Financia proyectos relacionados con el comercio, turismo y servicios en Alcobendas
A quién va dirigida
Pymes y trabajadores autónomos que realizan actividades económicas en los sectores de comercio, servicios y turismo
Requisitos
- Estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Alcobendas.
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
- Desarrollar una actividad económica en Alcobendas.
- Disponer de local comercial en Alcobendas (se acreditará mediante licencia o declaración responsable).
- Estar de alta en Seguridad Social al momento de solicitar la subvención.
- Ser persona física, entidad económica sin personalidad jurídica o sociedad mercantil.
- Tener la calificación de pequeña empresa según el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.
Presentar los modelos normalizados disponibles en www.alcobendas.org
Aportar la documentación requerida: CIF, DNI/NIE, resolución alta RETA o Mutualidad, certificado de no tener deudas tributarias, licencia municipal, archivo único con facturas y justificantes
Gastos subvencionables
Cuotas de arrendamiento del local afecto a la actividad económica
Cuotas del préstamo hipotecario destinado a la adquisición del inmueble donde se desarrolla la actividad (capital amortizado e intereses ordinarios)
Cuotas del suministro eléctrico del local de la actividad
Gastos subvencionables ya realizados por empresas nuevas o existentes
Criterios de valoración
Antigüedad de la licencia de apertura o declaración responsable
3 puntos para licencias anteriores al 1/1/2016, 2 puntos entre 1/1/2016 y 31/12/2020, 1 punto posterior a 01/01/2021
Documentación a presentar
- Contrato de arrendamiento en vigor con domicilio coincidente con licencia o declaración responsable, importe de renta y datos de arrendador y arrendatario.
- Facturas de alquiler cumplimentadas según RD 1619/2012.
- Justificantes bancarios que acrediten el pago de las facturas presentadas.
- Escritura de préstamo hipotecario o documentación equivalente donde conste que el préstamo está destinado a la adquisición del local comercial.
- Justificante bancario de pago de cuotas del préstamo hipotecario con desglose entre capital amortizado e intereses ordinarios.
- Facturas del suministro eléctrico cumplimentadas según RD 1619/2012.
Solicitud normalizada
Anexo I: Memoria resumen de gastos subvencionables
Anexo II: Tabla Excel con la relación de gastos e inversiones
Anexo III: Declaración responsable
Anexo IV: Datos bancarios
Fotocopia de CIF, DNI o NIE por ambas caras
Resolución/certificación del alta en RETA o Mutualidad
Certificado de no tener deudas tributarias
Licencia municipal de apertura y funcionamiento del establecimiento
Archivo único con facturas y justificantes
Condiciones económicas
Las subvenciones son ex post, financiando gastos ya realizados. El tiempo entre el pago real y la solicitud debe ser inferior a 6 meses para inversiones y gastos anteriores a la constitución de empresas nuevas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores autónomos que realizan actividades económicas en los sectores de comercio, servicios y turismo
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 70% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 1.000 €. Las subvenciones son ex post, financiando gastos ya realizados. El tiempo entre el pago real y la solicitud debe ser inferior a 6 meses para inversiones y gastos anteriores a la constitución de empresas nuevas.. Presupuesto total: 1.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El día siguiente de su publicación en el BOCAM. Fin: 10 días naturales desde el día siguiente a su publicación en el BOCAM.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.