Subvenciones para comisiones de barracas culturales en Alicante
Qué financia
Financiar comisiones de barracas culturales
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones y entidades locales que quieran promover eventos culturales con barracas en Alicante.
Requisitos
- No estar incursa en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones
- Cumplir con obligaciones tributarias y fiscales
- Cumplir con obligaciones frente a la Seguridad Social
- Domicilio social radicado en Alicante
- Integración en la Federació de Les Fogueres de Sant Joan
- Inscripción o trámite de inscripción en el Registro de Entidades Festeras de Alicante
- Alta en el registro de terceros gestionado por la Tesorería municipal
- Presentación electrónica a través del trámite específico
- Conformidad con las bases reguladoras
- Cumplimiento de condiciones específicas (declaraciones, inscripción en registro, cumplimiento tributario y social)
- Documentación requerida (contratos, presupuestos, justificantes de gastos)
- Presentar una declaración responsable
- Cumplir las condiciones impuestas en el acuerdo de concesión de la subvención
- Justificar la realización de la actividad, proyecto o objetivo para el que se concedió la subvención
- Acreditar cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
- No haber recibido más subvenciones ni ayudas públicas para el desarrollo de esta actividad
Gastos subvencionables
- Construcción, almacenamiento, reparación, mantenimiento y restauración de portaladas
- Gastos de construcción, transporte y plantación
- IVA devengado por los gastos mencionados
- Gastos efectuados como consecuencia directa de la actividad objeto de subvención, siendo los estrictamente necesarios para su realización
Criterios de valoración
- Prorrateo proporcional del coste total de proyectos aceptados en cada línea
- Mínimo de 900€ para la subvención
- No superar el 95% del costo del proyecto
- Incremento de la subvención por rendimientos financieros generados
Documentación a presentar
- Solicitud con declaración responsable
- Copia de contratos suscritos (constructor y transporte)
- Presupuesto en caso de comisiones que elaboran las portaladas
- Justificantes de gastos (facturas) si se han efectuado pagos fraccionados o a cuenta
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
- Documentación acreditativa del pago
- Certificados que acreditan cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
Condiciones económicas
El plazo de ejecución es del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.; El importe de la subvención se determina por prorrateo proporcional del coste total de los proyectos aceptados en cada línea, con un mínimo de 900€ y no superior al 95% del costo del proyecto. Los rendimientos financieros generados incrementarán el importe de la subvención.; El pago puede ser anticipado hasta un 75% del importe total. Se requiere que se justifiquen los gastos y se presenten facturas o documentos de valor probatorio.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.