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Subvenciones para comunidades castellanas y leonesas en el exterior

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
Denominación oficial (BDNS): Acuerdo de 25 de junio de 2026, de la junta de castilla y león, por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones a las comunidades castellanas y leonesas en el exterior, a sus federaciones, a la confederación internacional de casas regionales
Resumen: Este acuerdo autoriza la concesión directa de subvenciones a organizaciones asociativas fuera de Castilla y León, promoviendo servicios sociales.

Qué financia

Financia actividades asociativas que no desarrollan actividad económica.

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro o federaciones de comunidades castellanas y leonesas en el exterior

Requisitos

  • Ser comunidad castellana y leonesa en el exterior, federación o confederación
  • Tener actividad actual
  • Manifestar voluntad de recibir apoyo
  • Cumplir las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Presentar una cuenta justificativa simplificada con detalles específicos

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal
  • Gastos corrientes y de mantenimiento
  • Consumibles
  • Material de oficina
  • Comisiones bancarias
  • Gestoría
  • Seguros
  • Gastos relacionados con la organización y realización de actividades
  • Inversiones nuevas y de reposición (no más del 30% en adquisición de inmuebles)
  • Inversiones nuevas y de reposición (no inmuebles)

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa simplificada
  • Memoria de actuación justificativa
  • Relación clasificada y numerada de los gastos e inversiones
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalentes
  • Justificante del pago de las mismas
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
  • Detalle de otros ingresos propios o subvenciones que hayan financiado la actividad

Condiciones económicas

El importe máximo está distribuido entre varias entidades, con subvenciones individuales que van desde 800 € hasta 56.200 €. El gasto de adquisición de inmuebles no debe superar el 30% del total de la subvención.; El importe no debe superar el 30% del total de la subvención en inversiones. Los gastos que superen los 3.000 euros o más del 80% de la subvención requieren justificantes adicionales.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro o federaciones de comunidades castellanas y leonesas en el exterior
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 327.600 €. El importe máximo está distribuido entre varias entidades, con subvenciones individuales que van desde 800 € hasta 56.200 €. El gasto de adquisición de inmuebles no debe superar el 30% del total de la subvención.; El importe no debe superar el 30% del total de la subvención en inversiones. Los gastos que superen los 3.000 euros o más del 80% de la subvención requieren justificantes adicionales.. Presupuesto total: 17.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: sin periodo de solicitud. Fin: sin periodo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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