● Abierta480.654 €

Subvenciones para desarrollo de actividades en salas cinematográficas comerciales en Galicia

AUTONOMICA · GALICIA · AGENCIA GALLEGA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES (AGADIC)
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 22 de junio de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de actividades en salas cinematográficas de carácter comercial situadas en Gali
Resumen: Esta subvención financiada por la Agencia Galega de las Industrias Culturales (AGADIC) apoya a pymes y particulares que desarrollan actividades económicas relacionadas con el sector cultural, especialmente en salas cinematográficas comerciales.

Qué financia

Financia proyectos para mejorar o desarrollar actividades en salas cinematográficas comerciales

A quién va dirigida

Pymes y personas físicas que operan en el sector cultural de Galicia

Requisitos

  • Ser manager de una sala cinematográfica comercial en Galicia
  • Tener social o estatutariamente como objeto social la exhibición comercial de películas cinematográficas (para personas jurídicas)
  • Estar dados de alta en el impuesto de actividades económicas, epígrafe 963.1
  • Contar con un establecimiento habilitado como sala cinematográfica
  • Realizar el proyecto en el período especificado según si se benefició o no en la convocatoria del año anterior
  • Desarrollar el proyecto en la sala cinematográfica habilitada
  • Mantener la sala en funcionamiento continuado durante el período subvencionable
  • Programar al menos un 20% de títulos de cine europeo o de terceros países con baja cuota de pantalla
  • La sala debe estar ubicada en una localidad de menos de 25.000 habitantes
  • Dotación adecuada de pantallas
  • Cumplir el objetivo y realizar la actuación subvencionada
  • Solicitar ofertas de proveedores para gastos superiores a cierto importe
  • Someterse a comprobaciones, controles e inspecciones
  • Comunicar otras ayudas o ingresos similares
  • Dar publicidad adecuada del carácter público de la financiación

Gastos subvencionables

  • Gastos relacionados con la modernización de sistemas digitales y servicios
  • Gastos de realización de campañas de promoción y dinamización de público
  • Gastos de contratación de películas de producción europea o de terceros países con baja representación en la cuota de pantalla anual
  • Gastos de personal o servicios profesionales asociados al desarrollo del proyecto
  • Gastos indirectos hasta el 7% del coste total del proyecto
  • Contratación de películas europeas o de terceros países con baja representación en la cuota de pantalla anual
  • Costes de personal del cuadro de personal que no tengan contrato específico para el proyecto (hasta 30% del coste total)
  • Gastos indirectos hasta el 7% del coste total
  • Gastos vinculados a las actividades subvencionadas
  • Costes de personal, seguros sociales y otros gastos laborales
  • Facturas o documentos probatorios de pagos bancarios
  • Documentación justificativa de ayudas recibidas

Documentación a presentar

  • Certificado del acuerdo social o autorización de la persona que firma en nombre de la entidad (si es jurídica)
  • Estatutos inscritos y escrituras de constitución válidamente inscritos
  • Documentación que acredite suficientemente la representación de quien firma la solicitud
  • Escritura de propiedad, contrato de alquiler u otros documentos válidos en derecho
  • Licencia municipal de apertura del espacio
  • Ficha con la propuesta del proyecto
  • Presupuesto del proyecto
  • Memoria económica con resumen de gastos realizados
  • Documentación justificativa de los gastos de personal
  • Facturas o documentos probatorios imputados a la actividad subvencionada
  • Soportes visuales, gráficos o sonoros empleados para difusión
  • Declaración de ayudas recibidas

Condiciones económicas

La cuantía máxima puede llegar al 100% del coste de las actividades, con topes según el número de pantallas y condiciones específicas.; No se especifica un importe máximo simple. Se consideran gastos indirectos hasta el 7% del coste total del proyecto, sin justificación adicional.; La subvención está condicionada a la existencia de crédito adecuado. Se permite un anticipo del 50% de la subvención concedida, con una garantía del 110% si supera los 18.000 euros.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas que operan en el sector cultural de Galicia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 18.000 € (con incrementos posibles). La cuantía máxima puede llegar al 100% del coste de las actividades, con topes según el número de pantallas y condiciones específicas.; No se especifica un importe máximo simple. Se consideran gastos indirectos hasta el 7% del coste total del proyecto, sin justificación adicional.; La subvención está condicionada a la existencia de crédito adecuado. Se permite un anticipo del 50% de la subvención concedida, con una garantía del 110% si supera los 18.000 euros.. Presupuesto total: 480.654 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 7/07//2026. Fin: 08/06/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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