● Abierta · hasta 27/11/202625.000 €

Subvenciones para el fomento de la contratación y creación de empresas en Puig de Santa María

LOCAL · PUIG DE SANTA MARIA, EL · AYUNTAMIENTO DE PUIG DE SANTA MARIA, EL
Denominación oficial (BDNS): El puig activa 2026-subvenciones para el fomento de la contratación y la creación de empresas
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones a pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas, con un enfoque especial en el sector del comercio. Es una oportunidad para impulsar la contratación laboral y fomentar el desarrollo empresarial local.

Qué financia

Financia proyectos de creación de empresas y aumentos significativos en empleo

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores autónomos que operan en el sector del comercio, tanto al por mayor como al por menor, en la comarca de Puig de Santa María.

Requisitos

  • La empresa debe tener su sede social y/o centro trabajo en la provincia de Valencia.
  • Los contratos deben ser subvencionables, cumpliendo con los requisitos específicos del Programa I o II.
  • Las personas contratadas deben estar desempleadas (Programa I) o contratadas temporalmente (Programa II).
  • La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Documentación de la empresa: DNI/CIF, poderes, informe de vida laboral, certificados tributarios y sociales, declaración responsable.
  • Modelo de domiciliación bancaria o ficha de mantenimiento de terceros.
  • Declaración de ayudas de minimis.
  • Documentación del trabajador: contrato, comunicado al SERVEF de Empleo, informe de vida laboral, DARTE/CERTIFICADO DE SITUACIÓN LABORAL.
  • Desarrollar actividad en El Puig de Santa Maria
  • Constituirse como empresa entre noviembre 16 de 2024 y 15 de noviembre de 2025
  • Permanecer de alta durante al menos 12 meses
  • Estar dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o en caso de sociedades
  • Al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social
  • No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento
  • Tener todas las licencias municipales pertinentes
  • Cumplir requisitos para obtener la condición de beneficiario señalada en la Ley General de Subvenciones

Gastos subvencionables

  • Contratación indefinida directa.
  • Transformación de contratos temporales en indefinidos.
  • Contratación a tiempo parcial o indefinida.
  • Honorarios notariales
  • Gastos de Registro
  • Asesoría Legal y fiscal
  • Tasas Públicas de constitución de la empresa y otros trámites administrativos
  • Permisos y licencias
  • Costes de legalización de libros contables
  • Gastos de Publicidad y Marketing
  • Gastos de estudio e investigación de mercados
  • Gastos de selección, capacitación o formación de empleados
  • Acondicionamiento del local
  • Gatos de alquiler del local
  • Equipamiento y mobiliario
  • Compra inicial de materias primas
  • Cuota de autónomo
  • Gastos de suministros
  • Otros atribuibles a la constitución o inicio de la actividad

Criterios de valoración

  • Fecha de entrada en el Registro de Entrada del Ayuntamiento.
  • Orden de prelación entre solicitudes de diferentes empresas y contrataciones.
  • Fecha de entrada en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de El Puig de Santa Maria
  • Cumplimiento de requisitos establecidos en las bases
  • Orden de prelación que tendrá en cuenta solicitudes de subvención reguladas en Título I y Título II

Documentación a presentar

  • Fotocopia del DNI (si es persona física).
  • CIF y documento que acredite el poder de representación (si es sociedad o entidad jurídica).
  • Informe de vida laboral de la empresa.
  • Certificados de cumplimiento tributario.
  • Fotocopia del DNI/CIF.
  • Copia del documento que acredite el poder de representación ante la Administración.
  • Informe de vida laboral de la entidad solicitante.
  • Certificados tributarios y sociales.
  • Declaración responsable.
  • Modelo de domiciliación bancaria o ficha de mantenimiento de terceros.
  • Declaración de ayudas de minimis.
  • Copia del contrato y comunicación al SERVEF de Empleo.
  • Volante o certificado de empadronamiento actualizado.
  • Informe de vida laboral o informe de situación actual del trabajador.
  • Documentación identificativa del solicitante (DNI o CIF)
  • Certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias
  • Declaración responsable emitida por representante legal
  • Modelo de domiciliación bancaria / ficha de mantenimiento de terceros
  • Declaración de ayudas de minimis
  • Cuenta Justificativa de los gastos de constitución e inicio
  • Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios

Condiciones económicas

Las ayudas se otorgan siguiendo un orden específico basado en la fecha de recepción y hasta agotar el crédito disponible. Hay límites de ayuda para minimis, con un máximo de 300.000 € en tres ejercicios fiscales consecutivos.; Las ayudas varían según el colectivo (mujeres, jóvenes menores de 25 años, hombres entre 25 y 44, hombres mayores de 45) y la jornada laboral. Se incrementan en un 50% para discapacidades físicas o sensoriales y en un 75% para discapacidades mentales o intelectuales.; La ayuda se incrementa un 50% si el emprendedor tiene discapacidad física o sensorial y un 75% si es mental o intelectual. El presupuesto total está limitado a 25,000 € con posibilidad de ampliación según disponibilidad.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores autónomos que operan en el sector del comercio, tanto al por mayor como al por menor, en la comarca de Puig de Santa María.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 1,500 €. Las ayudas se otorgan siguiendo un orden específico basado en la fecha de recepción y hasta agotar el crédito disponible. Hay límites de ayuda para minimis, con un máximo de 300.000 € en tres ejercicios fiscales consecutivos.; Las ayudas varían según el colectivo (mujeres, jóvenes menores de 25 años, hombres entre 25 y 44, hombres mayores de 45) y la jornada laboral. Se incrementan en un 50% para discapacidades físicas o sensoriales y en un 75% para discapacidades mentales o intelectuales.; La ayuda se incrementa un 50% si el emprendedor tiene discapacidad física o sensorial y un 75% si es mental o intelectual. El presupuesto total está limitado a 25,000 € con posibilidad de ampliación según disponibilidad.. Presupuesto total: 25.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP Valencia. Fin: 27/11/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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