Subvenciones para el mantenimiento del empleo autónomo en situación de incapacidad temporal
AUTONOMICA · CANTABRIA · SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO
Denominación oficial (BDNS): Decreto 42/2026, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de las subvenciones que favorezcan el mantenimiento del empleo autónomo en caso de situación de incapacidad temporal.
Resumen: Este decreto establece un procedimiento de concesión directa de subvenciones para ayudar a los autónomos y pymes que enfrentan situaciones de incapacidad temporal, manteniendo su empleo.
Qué financia
Financia el mantenimiento del empleo en caso de incapacidad temporal
A quién va dirigida
Autónomos y pequeñas empresas que desarrollen actividad económica
Requisitos
Al menos un año continuado de alta en el RETA o Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar
Situación de incapacidad temporal según Real Decreto Legislativo 8/2015
Cumplimiento de requisitos adicionales establecidos en Leyes 38/2003 y 10/2006
Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
Acreditar estar al corriente con obligaciones
Ser persona trabajadora por cuenta propia o autónoma dada de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social
Tener una antigüedad mínima de un año continuado de alta en el RETA o en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar
Encontrarse en situación de incapacidad temporal
Hallarse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
Estar al corriente con las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Gastos subvencionables
Costes fijos durante la situación de incapacidad temporal
Criterios de valoración
La cuantía de la subvención será de 12 euros por día de incapacidad temporal, siendo 60 días el límite subvencionable.
Documentación a presentar
Identificación del solicitante
Declaración responsable sobre concurrencia con otras ayudas y/o percibidas para igual finalidad
Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
Parte de alta médica o confirmación de baja médica
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
Condiciones económicas
La subvención cubre costes fijos durante hasta 60 días de incapacidad temporal. No se especifica un importe máximo simple, pero hay una duración máxima del período de subsidio.; La subvención se otorga a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas con situación de incapacidad temporal. La cuantía es de 12 euros por día, hasta un máximo de 720 euros.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Autónomos y pequeñas empresas que desarrollen actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 720 €. La subvención cubre costes fijos durante hasta 60 días de incapacidad temporal. No se especifica un importe máximo simple, pero hay una duración máxima del período de subsidio.; La subvención se otorga a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas con situación de incapacidad temporal. La cuantía es de 12 euros por día, hasta un máximo de 720 euros.. Presupuesto total: 1.000.000 €
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.