10.000 €

Subvenciones para fomentar la contratación juvenil en PYMEs de Cantabria

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO
Denominación oficial (BDNS): Decreto 56/2026, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación juvenil en pequeñas y medianas empresas. Reglamento (UE) 1408/2013. Minimis Agrícola.
Resumen: Este decreto regula la concesión directa de subvenciones a pequeñas y medianas empresas (PYMES) y personas físicas que desarrollan actividad económica, con el objetivo de fomentar la contratación juvenil en Cantabria.

Qué financia

Financia la contratación de jóvenes trabajadores por parte de PYMEs y particulares en Cantabria

A quién va dirigida

Pequeñas y medianas empresas, autónomos y personas físicas que realizan actividades económicas en Cantabria

Requisitos

  • Desarrollar actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • Contratar personas jóvenes para formación en alternancia o práctica profesional
  • Cumplir con los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 y el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006
  • Acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias, frente a Seguridad Social o ingresos públicos
  • La empresa no puede haber sido sancionada por infracciones graves relacionadas con seguridad y salud laboral, relaciones laborales o derechos de personas con discapacidad.
  • No pueden ser subvencionables contrataciones realizadas por Administraciones Públicas o entre empresas controladas.
  • Las personas contratadas deben estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo y tener menos de 30 años.
  • Declaración responsable sobre no incursar en circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria
  • Organización de actividad preventiva según normativa vigente
  • Cumplimiento de normativas de prevención de riesgos laborales y medioambiental
  • No haber extinguido contratos en los últimos doce meses anteriores a la alta en Seguridad Social del contrato
  • Respetar límites establecidos por el Real Decreto 1065/2025 sobre contratos formativos

Gastos subvencionables

  • Contratos de formación en alternancia
  • Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional
  • Prórroga de estos contratos
  • Formalización de contratos de formación en alternancia
  • Prórrogas de contratos de formación en alternancia
  • Formalización de contratos formativos para la obtención de práctica profesional
  • Prórroga de contratos formativos para la obtención de práctica profesional

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de requisitos exigidos en este decreto
  • Adecuada valoración de la solicitud y correcta evaluación de la subvención que pueda otorgarse

Documentación a presentar

  • Documentos emitidos o en poder de la Administración de Cantabria
  • Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de identidad equivalente
  • Vida laboral de empresa
  • Cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento de obligaciones con la Administración de Cantabria
  • Declaración responsable sobre concurrencia con otras ayudas solicitadas o percibidas
  • Informe de código de cuenta de cotización como empresario en la Seguridad Social
  • Declaración Censal o certificación de domicilio fiscal
  • Copia de carta de despido y certificación del ORECLA si hubo despidos procedentes
  • Certificados actualizados sobre obligaciones con Agencia Estatal, Seguridad Social y Administración Autónoma
  • Contrato de trabajo objeto de solicitud de subvención
  • Autorización para consultar datos personales del trabajador
  • Informe de vida laboral actualizado si el trabajador no presta consentimiento
  • Certificado de inscripción como demandante de empleo en situación de desempleo

Condiciones económicas

Las subvenciones se concederán según disponibilidad presupuestaria. Las ayudas son de naturaleza minimis, con límites establecidos por reglamentos europeos.; Los importes varían según la duración del contrato o práctica profesional, el sexo de la persona contratada, y pueden aumentar si se cumplen ciertas circunstancias (discapacidad, violencia de género, etc.). También hay incrementos para microempresas y empresas en zonas de riesgo de despoblamiento.; El importe de la subvención no podrá superar el coste de la actividad subvencionada. En caso de concurrencia con otras ayudas, se reducirá según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pequeñas y medianas empresas, autónomos y personas físicas que realizan actividades económicas en Cantabria
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Las subvenciones se concederán según disponibilidad presupuestaria. Las ayudas son de naturaleza minimis, con límites establecidos por reglamentos europeos.; Los importes varían según la duración del contrato o práctica profesional, el sexo de la persona contratada, y pueden aumentar si se cumplen ciertas circunstancias (discapacidad, violencia de género, etc.). También hay incrementos para microempresas y empresas en zonas de riesgo de despoblamiento.; El importe de la subvención no podrá superar el coste de la actividad subvencionada. En caso de concurrencia con otras ayudas, se reducirá según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.. Presupuesto total: 10.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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