Subvenciones para fomentar razas autóctonas en Asturias
Qué financia
Financia proyectos relacionados con el desarrollo, protección y mejora de razas ganaderas autóctonas asturianas.
A quién va dirigida
Pymes y agricultores que producen ganado en Asturias
Requisitos
- Estar oficialmente reconocidas por el Principado de Asturias para la gestión del Libro Genealógico de la raza autóctona española
- Cumplir con las condiciones zootécnicas y genealógicas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/1012
- Ser una PYME según el artículo 2.52 del Reglamento (UE) 2022/2472
- No estar en crisis de acuerdo con el artículo 2.59 del Reglamento (UE) 2022/2472
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión
- Ser PYME según el artículo 2.52 y anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472
- No estar considerada empresa en crisis según el artículo 2.59 del mismo reglamento
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente por ayuda ilegal
- Presentar datos anuales de animales inscritos en los distintos registros del LG
- Realizar pruebas de genotipado y control de filiación
- Desarrollar actividades destinadas a determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado
Gastos subvencionables
- Creación o mantenimiento de libros genealógicos
- Actividades derivadas del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza
- Gastos financieros, asesoría jurídica o financiera y gastos de administración específicos relacionados con la actividad subvencionada
- Gastos de garantía bancaria y comisiones bancarias
- Desarrollo de actividades relacionadas con la mejora, eficiencia y economía de medios materiales y personales en el contexto de razas autóctonas o en peligro de extinción
- Realización de controles de filiación por marcadores genéticos
- Creación de un banco de germoplasma
- Gastos e inversiones de la actividad subvencionada
Criterios de valoración
- Asociaciones de segundo grado que agrupen a asociaciones de criadores de animales de razas puras en peligro de extinción: 3 puntos
- Gestión de razas autóctonas en peligro de extinción: 2 puntos
- Capacidad para desarrollar actividades con eficacia, eficiencia y economía de medios materiales y personales: 1 punto
- Realización de controles de filiación por marcadores genéticos: 3 puntos
- Creación de un banco de germoplasma y envío a la Banco Nacional de Germoplasma Animal: 2 puntos
Documentación a presentar
- Documentos acreditativos de personalidad del solicitante (NIF en vigor)
- Escritura pública o documento válido en derecho acreditativa de la capacidad de representación
- Acta fundacional y estatutos de la entidad solicitante
- Memoria inicial con actividades para las que se solicita subvención, incluyendo objetivos y medios disponibles
- Relación de animales activos inscritos en los registros del Libro Genealógico a fecha de presentación de solicitud
- Documento acreditativo de personalidad del solicitante (NIF en vigor)
- Documentación válida en derecho acreditativa de capacidad de representación
- Memoria inicial con actuaciones para las que se solicita subvención
- Relación de animales activos inscritos en los distintos registros del Libro Genealógico
- Desglose del presupuesto de gastos
- Ficha de acreedores (si es la primera vez o hay variación de datos)
- Memoria económica justificativa
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia
Condiciones económicas
La ayuda se concede en régimen de concurrencia competitiva, con un importe global de 30.000 € y una cuantía adicional máxima de 60.000 € si hay disponibilidad de crédito.; El reparto de las disponibilidades presupuestarias se realiza asignando el máximo de subvención posible a cada expediente en base al presupuesto aprobado. Si no hay suficientes recursos, se sigue un orden de prelación basado en criterios de valoración.; El importe total de la ayuda podrá ser abonado en dos partes. Se autoriza el abono de un anticipo de hasta el 75% del importe anual de subvención, con carácter previo a la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.