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Subvenciones para gastos del Parque cultural Chopo Cabecero en Aragón

AUTONOMICA · ARAGÓN · DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL
Denominación oficial (BDNS): Convenio entre el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y los ayuntamientos integrantes del Parque cultural Chopo Cabecero para la concesión de unas subvenciones para financiar gastos del 2026.
Resumen: Este convenio ofrece subvenciones para financiar gastos culturales en el Parque cultural Chopo Cabecero. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades culturales.

Qué financia

Financiar gastos del Parque cultural Chopo Cabecero

A quién va dirigida

Organizaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro en Aragón

Requisitos

  • Cumplir el objeto que fundamenta la subvención
  • Ejecutar las actuaciones comprendidas en la cláusula tercera
  • Destinar la cuantía aportada por la Administración de Aragón a los fines propios de cada una de las actuaciones
  • Cumplir con las obligaciones derivadas de su condición de entidad beneficiaria
  • Dar publicidad de su condición de beneficiario
  • Suministrar información necesaria para el cumplimiento de la transparencia
  • Asegurar el cumplimiento de la normativa medioambiental
  • Justificar la realización de las actuaciones y el cumplimiento de los compromisos asumidos
  • Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida a la actividad e inversión subvencionada
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades e inversiones subvencionadas

Gastos subvencionables

  • Gastos de gerencia con labores de supervisión, seguimiento y desarrollo de proyectos
  • Estudios de investigación y difusión del conocimiento sobre el patrimonio cultural
  • Actuaciones de mantenimiento en rutas culturales
  • Inversiones en infraestructuras del Parque
  • Gastos efectivamente soportados por la entidad e imputados a la actuación subvencionada
  • Otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos recibidos para el mismo fin que la presente

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Certificado expedido por el Secretario o Secretario-Interventor de la Entidad Local
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades e inversiones realizadas

Condiciones económicas

El Gobierno de Aragón podrá financiar hasta el 100% del coste estimado para las actuaciones subvencionables, con un límite máximo de 45.000 € en gastos corrientes y 40.000 € en inversiones.; El pago está condicionado al cumplimiento del ejercicio presupuestario y las normas de la Tesorería del Gobierno de Aragón. La justificación debe efectuarse entre el 27 de octubre y el 10 de noviembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro en Aragón
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El Gobierno de Aragón podrá financiar hasta el 100% del coste estimado para las actuaciones subvencionables, con un límite máximo de 45.000 € en gastos corrientes y 40.000 € en inversiones.; El pago está condicionado al cumplimiento del ejercicio presupuestario y las normas de la Tesorería del Gobierno de Aragón. La justificación debe efectuarse entre el 27 de octubre y el 10 de noviembre de 2026.. Presupuesto total: 85.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 07/01/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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