Subvenciones para honorarios técnicos en Planes de Intervención Global
Qué financia
Financia honorarios técnicos para la elaboración y gestión de Planes de Intervención Global en el ámbito de vivienda.
A quién va dirigida
Particulares que no desarrollan ninguna actividad económica pero necesitan financiación para los costos asociados con planes de intervención global relacionados con viviendas.
Requisitos
- Comunidades de Propietarios
- Propietarios únicos de edificios
- Comunidades de bienes de los edificios afectados
- Cualquier otra persona o entidad que se encuentre en la situación que fundamenta la concesión de la subvención, acreditando su condición de gestor del PIG
- Comunicar al órgano concedente cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que financie la actividad subvencionada
- Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social
Gastos subvencionables
- Honorarios técnicos correspondientes a los trabajos de redacción y gestión de Proyectos de Intervención Global (PIG)
Criterios de valoración
- Proyectos no ajustados al Proyecto de Intervención Global (PIG) pueden ser reintegrados
Documentación a presentar
- Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante
- Declaración responsable sobre cumplimiento de requisitos generales y específicos para obtener la condición de beneficiaria
- Acreditación de cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
- Memoria con descripción del proyecto/acción/actividad/programa
- Facturas de honorarios correspondientes a la redacción y gestión del Proyecto de Intervención Global (PIG)
- Justificante del pago de las mismas
- Certificado que los estados contables presentados son oficiales y aprobados por el órgano competente
- Facturas justificativas del gasto y documentación para la redacción del PIG
- Memoria justificativa de elección de proveedores si el importe supera 15.000 euros
Condiciones económicas
El presupuesto máximo protegible se ajusta a los siguientes límites: hasta 90 viviendas = 300€ x nº viviendas, entre 91 y 160 viviendas = 250€ x nº viviendas, entre 161 y 250 viviendas = 200€ x nº viviendas, entre 251 y 400 viviendas = 150€ x nº viviendas, más de 400 viviendas = 100€ x nº viviendas. El límite del presupuesto protegible total para cada PIG no será inferior al límite correspondiente al nº máximo de viviendas del tramo anterior.; El importe no puede superar el coste total de la actividad. Se requiere justificación previa y se paga a cuenta, con posibilidad de reintegro si hay exceso o incumplimiento.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.