Subvenciones para incorporar socias trabajadoras en cooperativas y sociedades laborales
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Denominación oficial (BDNS): Subvenciones por la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. REG (UE) 2023/2831 de minimis, General
Resumen: Esta subvención financía la incorporación de personas socias trabajadoras o socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, beneficiando pymes y particulares que desarrollan actividades económicas.
Qué financia
Financia la incorporación de socias trabajadoras o socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales
A quién va dirigida
Pymes y personas físicas que desean incorporar socias trabajadoras a sus cooperativas o sociedades laborales.
Requisitos
Ser entidad relacionada en la base cuarta de las aprobadas mediante la Orden de bases reguladores
Cumplir los requisitos establecidos en el apartado 3 de la base cuarta
Condiciones económicas
El importe de las subvenciones está establecido en la base quinta de las aprobadas mediante la Orden de bases reguladoras. Las subvenciones por incorporación de personas socias trabajadoras o trabajo están sujetas al régimen de ayudas de minimis.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas que desean incorporar socias trabajadoras a sus cooperativas o sociedades laborales.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El importe de las subvenciones está establecido en la base quinta de las aprobadas mediante la Orden de bases reguladoras. Las subvenciones por incorporación de personas socias trabajadoras o trabajo están sujetas al régimen de ayudas de minimis.. Presupuesto total: 80.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC. Fin: 10 días hábiles a partir del inicio del plazo de solicitud.
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