Subvenciones para instalaciones deportivas en ayuntamientos de entre 2.500 y 20.000 habitantes
Qué financia
Financiar mejoras y creación de instalaciones deportivas
A quién va dirigida
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid con entre 2.500 y 20.000 habitantes que quieran mejorar o crear nuevas instalaciones deportivas.
Requisitos
- Ayuntamientos con población entre 2.500 y 20.000 habitantes
- No estar incursos en causas de prohibición según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y Seguridad Social
- No tener deudas con la Comunidad de Madrid salvo garantizadas
- Cumplir requisitos adicionales según artículo 2 de la Orden 875/2026
Gastos subvencionables
- Mejora de seguridad (pavimentos, cimentaciones, iluminación, piscinas, cerramientos, etc.)
- Accesibilidad para personas con discapacidades
- Eficiencia energética
- Digitalización
- Mantenimiento operativo
- Inversiones deportivas municipales
Criterios de valoración
- Índices de población del Instituto Nacional de Estadística
- Cuantía solicitada por ayuntamiento
- Coeficientes según tamaño del municipio (de 0,80 a 1,00)
- Coeficientes según tamaño de la población
Documentación a presentar
- Certificación del secretario del ayuntamiento del acuerdo de aprobación de la solicitud
- Certificación de titularidad municipal de la instalación deportiva
- Proyecto de ejecución firmado por arquitecto o técnico competente
- Declaración responsable sobre bases y requisitos
- Declaración respecto a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos financieros
- Certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
- Impreso de justificación publicado en el portal o sede electrónica de la Comunidad de Madrid
- Certificado expedido por el secretario de la corporación del acuerdo o acuerdos de adjudicación
- Cuenta justificativa y relación clasificada de los gastos
- Certificado del secretario de la corporación del acuerdo o acuerdos del órgano competente de aprobación de las facturas
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación
- Certificado expedido por el secretario del ayuntamiento con el visto bueno del alcalde acreditativo de que la inversión se ha ejecutado dentro del periodo subvencionable
- Certificado del secretario de la corporación que incluya una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan cofinanciado la actividad con indicación del importe y su procedencia, así como los fondos propios aportados
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
- Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas
- Certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
Condiciones económicas
El presupuesto total es de 1.100.000 euros, con un máximo de 30.000 € por ayuntamiento. La subvención se calcula según el tamaño del municipio y la cantidad solicitada.; Los coeficientes varían según el tamaño de la población: de 0,95 a 1,00 para municipios con menos de 7.000 habitantes; de 0,90 a 0,95 para entre 7.001 y 11.000; de 0,85 a 0,90 para entre 11.001 y 15.000; y de 0,80 a 0,85 para más de 15.001 habitantes.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.